—¿Por qué lees tanto? —(…) Mi mejor arma está en el cerebro. Mi hermano tiene su espada; el rey Robert tiene su maza, y yo tengo mi mente… Pero una mente necesita de los libros, igual que una espada de una piedra de amolar, para conservar el filo. —(…)—. Por eso leo tanto, Jon Snow.

TYRION LANNISTER.

domingo, 14 de diciembre de 2014

300.-Banderas Provinciales Españolas II a


Esteban Aguilar Orellana; Giovani Barbatos Epple;Ismael Barrenechea Samaniego; Jorge Catalán Nuñez; Boris Díaz Carrasco; Rafael Díaz del Río Martí;Alfredo Francisco Eloy Barra ;Rodrigo Farias Picon; Franco Antonio González Fortunatti;Patricio Ernesto Hernández Jara; Walter Imilan Ojeda;Jaime Jamet Rojas;Gustavo Morales Guajardo;Francisco Moreno Gallardo; Boris Ormeño Rojas;José Oyarzún Villa;Rodrigo Palacios Marambio;Demetrio Protopsaltis Palma;Cristian Quezada Moreno;Edison Reyes Aramburu; Rodrigo Rivera Hernández;Jorge Rojas Bustos; Alejandro Suau Figueroa; Cristian Vergara Torrealba; Rodrigo Villela Díaz; Nicolas Wasiliew Sala;Marcelo Yañez Garin;Katherine Alejandra del Carmen  Lafoy Guzmán; Franco Natalino; 




La división política y administrativa de España

España está dividida en 16 comunidades autónomas, dos ciudades autónomas y plazas de soberanía. 
Las comunidades autónomas de Galicia, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía, se dividen en 41 provincias ordinarias y forales. Las comunidades de Islas Canarias y Baleares se dividen en 11 consejos o cabildos insulares.


21
Bandera de Jaén


22

Bandera de La Coruña

23
Bandera de León
24

Bandera de Lérida
25
Bandera de Lugo

26
Bandera de Málaga

27
Bandera de Orense

28

Bandera de Palencia

29

Bandera de Pontevedra
30
Bandera de Salamanca
31
Bandera de Segovia

32
Bandera de Sevilla
33
Bandera de Soria
34
Bandera de Tarragona

35

Bandera de Teruel

36
Bandera de Toledo
37

Bandera de Valencia
38
Bandera de Valladolid

39
Bandera de Vizcaya

40

Bandera de Zamora

41

Bandera de Zaragoza

Clasificaciones de provincias.

Las 38 Diputaciones provinciales actuales:

Diputación de Albacete;Diputación de Alicante ;Diputación de Almería ;Diputación de Ávila; Diputación de Badajoz ; Diputación de Barcelona ;Diputación de Burgos ;Diputación de Cádiz;Diputación de Cáceres ;Diputación de Castellón ;Diputación de Ciudad Real ;Diputación de Córdoba ,Diputación de La Coruña ;Diputación de Lugo ;Diputación de Cuenca ;Diputación de Gerona ;Diputación de Granada ;Diputación de Guadalajara ;Diputación de Huelva ;Diputación de Huesca; Diputación de Jaén ;Diputación de León ;Diputación de Lérida ;Diputación de Málaga; Diputación de Orense ;Diputación de Palencia ;Diputación de Pontevedra ;Diputación de Salamanca; Diputación de Segovia ;Diputación de Sevilla ;Diputación de Soria ;Diputación de Tarragona ;Diputación de Teruel ;Diputación de Toledo ;Diputación de Valencia ;Diputación de Valladolid ;Diputación de Zamora; Diputación de Zaragoza;


Tres Diputaciones forales:  Álava, Guipúzcoa, y Vizcaya.

Biografía.
Francisco Javier de Burgos y del Olmo.




Motril, Granada, 22 de octubre de 1778-Madrid, 22 de enero de 1848

Fue elegido miembro honorario de la Real Academia Española en 1827, supernumerario en 1828 y de número en 1830 para ocupar la silla R, en sustitución de José Miguel de Carvajal y Vargas Manrique de Lara, duque de San Carlos. «La actividad académica de Burgos fue por entonces muy escasa. Pasó algún tiempo en Francia, cuidando de su salud. En España, y tras arreglar problemas familiares, vivió ya en manifiesta opulencia», afirma Zamora Vicente en La Real Academia Española.
Lingüista, historiador, escritor y político, Francisco Javier de Burgos y del Olmo ocupó, en su larga trayectoria profesional, cargos como el de prefecto de Almería (1809-1810); corregidor de Granada; secretario de Estado de Fomento (1833); ministro de Hacienda (1833); senador; consejero real, y ministro de la Gobernación (1846).

Nacido el 22 de octubre de 1778 en Motril (Granada), Burgos fue hijo de una familia de posición social acomodada. Con tan solo diez años ingresó en el colegio de San Jerónimo (Granada), donde llevó a cabo sus estudios eclesiásticos y estudió, desde muy temprana edad, Cornelio con notas, Ovidio con notas o Selectas de Cicerón.
Pronto mostró gran interés por el mundo literario, lo que, en contrapartida, le condujo al abandono eclesiástico. En 1797, al mismo tiempo que se estaba llevando a cabo su liberación eclesiástica, fundó un periódico con la intención de ganar algo de dinero. Durante esa época, parece que tuvo relaciones con la Corte y dedicó la mayor parte de su tiempo a escribir comedias que se publicarían más tarde.
En febrero de 1798 marcha a Madrid con el objetivo de conseguir, amparado en la fortuna de su padre y las amistades que tenía en la capital, un puesto en la Administración del Antiguo Régimen. Ya en la capital, consigue su primer contacto con la Administración y comienza a percibir la situación política por la que está atravesando España. Además, conoce a Meléndez Valdés, quien influye en la faceta literaria e ideológica del joven motrileño: «un pensamiento ilustrado avanzado, partidario de las reformas necesarias, alejado tanto de la caótica paralización de la Administración, que tuvo que soportar en la búsqueda de un puesto, como de la ruptura revolucionaria que se acercaba», afirma Juan C. Gay Armenteros en el Diccionario biográfico español de la Real Academia de la Historia (RAH). Con la caída del Gobierno, en el que estaba Jovellanos, abandona sus ideas de conseguir un trabajo administrativo y decide volver al hogar paterno (Motril), donde, finalmente, se casó con María de los Ángeles del Álamo (1806) y dedicó su vida a estudiar temas relacionados con la economía, la administración y la ciencia (desconocida en España en aquella época). Consigue también el puesto de regidor perpetuo, alguacil mayor de la Real Justicia de Motril y desarrolla su posición política de reformismo ilustrado.
En los tiempos de invasión francesa, el académico tuvo que «tomar partido» y, como ocurrió con un sector importante —por la calidad más que por la cantidad—, lo hizo a favor de la monarquía impuesta por los franceses (con José I Bonaparte en el poder). Así, en 1808, buena parte de los ilustrados formaron el núcleo del partido josefino, con el objetivo de conservar la monarquía y el reformismo como la vía más conveniente para el desarrollo político. «Para estos afrancesados, la monarquía de José I era una garantía de reformas y modernización del país. Azanza, O’Farrill, Llorente, Cabarrús, Meléndez, Urquijo, Sempere y Guarinos, Amorós, Lista, Salvador Miñano y Javier de Burgos fueron servidores de José Bonaparte», explica Gay Armenteros. Estos creían que la monarquía impuesta por José Bonaparte era la oportunidad perfecta para poner fin a la del Antiguo Régimen y construir un Estado de derecho.
En junio de 1810, Francisco Javier de Burgos y del Olmo fue nombrado subprefecto de Almería, labor que lleva a cabo con las ideas impuestas por los franceses. «El primer encargo que recibe fue requerir al ayuntamiento almeriense para la formación de una lista de vecindario con todos los datos de su estado y rentas; una información que serviría para el mantenimiento del Ejército francés», cuenta Armenteros. Asimismo, participó, como subprefecto, en un plan de reforma administrativa que consistía en la reestructuración de los ayuntamientos y «ayudó y protegió cuanto pudo a los perseguidos o humillados», señala Zamora Vicente. Finalmente, Francisco Javier de Burgos y del Olmo tuvo problemas de salud, por lo que pidió su traslado a Granada (1812), donde se encontró con una situación económica deficiente. Además, en Granada, presidió la Junta de la Subsistencia, aunque parece que no tuvo posibilidades de hacer casi nada al respecto.
Con la restauración de la monarquía absolutista de Fernando VII, Francisco Javier de Burgos y del Olmo consigue, gracias a su prudencia, reunir los testimonios necesarios para lograr el perdón, aunque todos los aspectos políticos adquiridos por parte de los franceses lo acompañarían durante toda su vida y, finalmente, se ve obligado a exiliarse en Francia, donde permaneció durante tres años con importantes problemas económicos.
En 1817 lo encontramos establecido en Jaén, desde donde «suplicó al rey la clarificación de su situación política. No encontró las facilidades que pensaba y su proceso de purificación duró casi dos años, pero a finales de 1819 estaba rehabilitado y en Madrid», afirma Gay Armenteros. Con todo ello, hasta 1820 no consigue paralizar su «confinamiento» político, al que se vio obligado por sus ideales afrancesados. Así, dedicó su vida y pluma a escribir la Miscelánea de Comercio, Artes y Literatura, publicación con la que dio la bienvenida a la esperada situación liberal que llegó con Riego. Fue entonces cuando Francisco Javier de Burgos y del Olmo logra volver a la militancia política, estando cerca del sector conservador del liberalismo y formando parte de la sociedad del Anillo de Oro.
Ya en 1823, con el restablecimiento de la monarquía absoluta, consigue su plena restauración como político al servicio del Estado. Debido al problema de la quiebra financiera (1823), el Gobierno de España manda a Francisco Javier de Burgos y del Olmo a París «para activar este empréstito tan necesario a la maltrecha Hacienda española», dice Gay Armenteros. En la capital francesa resuelve el problema económico a favor de la monarquía fernandina y envía a Fernando VII una Exposición, en la que da una valoración muy acertada sobre la situación española del momento. Asimismo, «pide la reconciliación política de los españoles, condición sin la cual no se saldría de la crisis, y naturalmente pide al rey una amnistía para facilitarla, y sugiere una nueva organización administrativa de la nación porque “hay una multitud de instituciones aplicables tanto a los gobiernos absolutos como a los representativos, tanto a los legítimos como a los usurpadores”», explica Gay Armenteros.
Gracias a la gran gestión llevada a cabo en París, Francisco Javier de Burgos y del Olmo es recompensado con la Cruz de Carlos III; «se le nombró subsecretario de la Junta de Fomento de la Riqueza del Reino. Es entonces cuando entra en contacto con la Academia Española», asegura Zamora Vicente; consigue un sueldo de 40 000 reales y varios cargos honorarios, como el de intendente de la Marina.
Con la muerte de Fernando VII (29 de septiembre de 1833), Francisco Javier de Burgos es nombrado, el 22 de octubre de 1833, ministro de Fomento con el objetivo de poner en marcha las reformas administrativas aprobadas por la reina María Cristina de Nápoles. El 30 de noviembre del mismo año se publica un decreto en el que se instaura la división territorial de España en provincias y otro en el que se establece a los subdelegados y funcionarios de Fomento que trabajarían en dichas provincias.
Aunque parece que lo que realmente necesitaba España entre 1833 y 1834, además de la reforma administrativa, era un cambio político encaminado hacia un sistema liberal. Así, se nombra a Francisco Martínez de la Rosa, el 13 de enero de 1834, como nuevo presidente del Consejo, lo que lleva a Burgos a dimitir, el 10 de abril de 1834, el mismo día en el que la reina sancionó el texto del Estatuto Real.
Con todo ello, se inicia un proceso de persecución política contra Francisco Javier de Burgos y del Olmo y se ve, nuevamente, obligado a exiliarse en Francia (1834). En julio de 1840 vuelve a Granada y a la vida literaria, pues ahí se dedica a escribir poesía, biografías de literatos y discursos políticos, siendo la tribuna del Liceo Artístico y Literario y la revista La Alhambra sus principales instrumentos de difusión. De los títulos publicados, sobresalen sus Ideas de Administración.
En 1843, lo vemos nuevamente en Madrid, donde, sin ningún tipo de éxito, intenta ganar las elecciones para ser diputado de las Cortes. Sin embargo, fue senador; presidió la comisión parlamentaria que decreta la reforma hacendística moderada, que, finalmente, se le atribuye a Alejandro Mon, y es nombrado ministro de la Gobernación en el gabinete Narváez entre el 16 de marzo y el 5 de abril de 1846.
Francisco Javier de Burgos y del Olmo fallece el 22 de enero de 1848, «seguramente con la satisfacción de encontrarse con un sistema político muy próximo a sus ideas, pero sobre todo con el placer estético, muy suyo, de oír en los últimos momentos de su existencia la lectura de los Evangelios en latín, “que me gustan más”», asegura Armenteros. Respecto a su obra, «su producción literaria está olvidada, pero debió de cumplir su misión de llenar el ocio de las gentes, hueco que el teatro ocupó plenamente durante el siglo», señala Zamora Vicente. 


Banderas de las Comunidades Autónomas

Provincias marítimas españolas.


Localización de las actuales provincias marítimas en el litoral de España.



España tiene su litoral dividido en provincias marítimas, que, a su vez, se subdividen en distritos marítimos a los que pertenecen todos los puertos de matrícula de la provincia.
Las provincias marítimas tienen su origen en la Real Cédula de 5 de octubre de 1607, por la que Felipe III organiza la matrícula de mar. Crea las primeras provincias marítimas, dependientes de los departamentos de Ferrol, Cádiz y Cartagena. Con el trascurrir de los años, su número, ámbito geográfico, y nombre de cada provincia, han ido cambiando. En la actualidad, la disposición final segunda de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece que el Gobierno, a través del Ministerio de Fomento, es el encargado de reglamentar esta división del litoral. Actualmente hay 30 provincias marítimas, también denominadas capitanías marítimas, según regula el Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo.
Al frente de cada provincia marítima se encuentra el capitán marítimo, del que dependen los jefes de distrito, los cuales están al frente de cada uno de los distritos en los que se subdivide la provincia marítima.
La capitanía marítima es un órgano dependiente de la Dirección General de la Marina Mercante, adscrita a la Secretaría General de Transportes de la Secretaría de Estado de Transportes del Ministerio de Fomento.
La Dirección General de la Marina Mercante, junto a sus órganos periféricos dependientes –las capitanías marítimas y los distritos marítimos vinculados a estas– conforma la que se viene a denominar «Administración Marítima Española», y tiene asumidas las competencias que le atribuye la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.



Contraseñas

Bilbao

Cádiz

Málaga

Mallorca

Tenerife

Villagarcía

Algeciras

Alicante

Almería

Barcelona

Cartagena

Castellón

Ceuta

La Coruña

Ferrol

Gijón

Granada

Huelva

Ibiza

Las Palmas

Lugo

Melilla

Palamós

San Sebastián

Santander

Sevilla

Tarragona

Valencia

Vigo



A cada provincia marítima se le asignó una bandera o contraseña, cuyo tamaño, colores y forma fueron aprobados por Real Orden de 30 de julio de 1845 dada en Madrid y firmada por el Capitán General de la Armada Ramón Romay. Fue publicada por la Dirección General de la Armada el 4 de agosto de 1845. Esta Real Orden establece que, junto al pabellón nacional, los buques han de arbolar en lugar visible una bandera de dimensiones de 2,02 x 3,34 metros (ancho x largo) y en embarcaciones menores o de cabotaje de 1,60 x 2,67 metros, como contraseña característica del puerto de matrícula. Las banderas siguieron el patrón del código de señales marítimas, aleatorio y sin ningún significado territorial mediante el uso de cuatro colores: rojo, azul, amarillo y blanco, elaborado en 1791 por el Teniente General de la Armada José de Mazarredo Salazar.



Los distritos marítimos son los órganos administrativos en los que se dividen las provincias marítimas en el litoral de España. Dependen directamente de las capitanías marítimas de las provincias a las que pertenecen estando al frente de su gestión un jefe de distrito cuyas funciones son aquellas que le sean encomendadas por capitanía marítima además del registro de embarcaciones menores, despacho de buques, expedición de títulos de pesca y de patrón, autorización de fondeo y coordinación de actividades náuticas de recreo entre otras. Las capitanías marítimas a su vez dependen de la Dirección General de la Marina Mercante y ésta del Ministerio de Fomento.
Los distritos marítimos españoles fueron creados en el año 2007 mediante el Real Decreto 638/2007 de 18 de mayo, siguiendo las indicaciones que ya se había planteado en 1992 tras la sanción de la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, sustituyendo en la organización del litoral español a las antiguas capitanías marítimas de segunda y tercera categoría. Si bien sus límites fueron establecidos por este Real Decreto su posterior creación y supresión está supeditada a la Capitanía marítima correspondiente atendiendo a las necesidades de organización respecto a la flota que opere en la zona o las instalaciones portuarias existentes.

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