Las 10 claves para el éxito de un abogado en Sala de Audiencia de tribunal. |
La experiencia, de casi quince años desarrollando el ejercicio profesional de forma activa y pateándome juzgados orales ha conllevado el detenimiento en el análisis de la actuación de magistrados y camaradas de profesión, muchas veces oponentes y los errores más comunes que se cometen en Sala. En el siguiente artículo voy a enumerar las que para mí son las diez claves que todo abogado debería aplicar para transmitir nuestros alegatos de forma brillante y exitosa. 1. Control absoluto del tema que vamos a defender, hasta los aspectos aparentemente más intrascendentes. Tenemos que conocer el asunto, fundamentación jurídica, jurisprudencia aplicable, manejo de documentos de la demanda y su contestación, etc. No viene mal aquello de “preparar nuestro juicio y el de la parte contraria”. 2. Conocer el procedimiento y las pautas a seguir en el juicio, de modo que sepamos en cada momento qué decir y cómo reaccionar ante una hipotética llamada de atención del Juez. Es básico conocer las leyes procesales. 3. El manejo del discurso oral. No leer, y si hay que hacerlo en algún momento, no mirar al papel sin levantar la vista del mismo. Da muy mala imagen, no olvidéis esto nunca. Ya sé que estaréis pensando que muchos abogados leen sus conclusiones, pero su credibilidad va a quedar en entredicho, amén de transmitir falta de seguridad y profesionalidad. Además, debéis tener en cuenta que cuando leemos, no somos capaces de modular la voz y vamos a aburrir al Tribunal, que va a dejar de escuchar nuestro mensaje al no ser capaz de seguirlo. 4. En este sentido, sí debo señalar que no existe inconveniente en leer párrafos de sentencias (siempre al final de las conclusiones) o de documentos esenciales para nuestra defensa cuando estemos valorando la prueba practicada en las vistas civiles y penales. 5. Buena utilización del lenguaje no verbal. Conviene gesticular mientras realizamos la exposición. Es interesante mover las manos con movimientos suaves para enfatizar nuestros alegatos. 6. No memorizar. Si conocemos bien el caso, la improvisación será mucho más sencilla. Llevemos una buena “nota para la vista o instructa” en la que llevemos guionizados los puntos que vamos a desarrollar, pero no redactemos un escrito a modo de nueva demanda o contestación, porque no vamos a ser capaces de valorar la prueba practicada en el acto de la vista. 7. No amilanarnos con los toques de atención que nos dé el Juez. Nosotros tenemos un papel y es defender a nuestro cliente, y siempre respetuosamente, debemos dejar claro nuestro posicionamiento sin rebajarnos. De ninguna forma debemos actuar de forma pasiva o agresiva. Ser enérgicos y elevar en algún momento el tono de voz para enfatizar algún punto concreto no significa caer en las faltas de respeto, en la agresividad y en las descalificaciones a partes y contrarios. Esto es mucho más habitual de lo que puede parecer. Hay que ser educados y respetuosos, no sólo con el Juez, también con todos los que intervienen en la administración de justicia. 8. Recordad que que “estaremos todos en estrados sentados a la misma altura”. Y todos llevaremos toga profesional para actuar en el Tribunal. 9. No olvidemos saludar al entrar y despedirnos al salir. Actuemos con respeto y saber estar en todo momento, incluidas partes y testigos. Nuestra actuación no se circunscribe sólo a la celebración del juicio, tenemos que dar una buena imagen desde que entramos en la sala de vistas. 10. Como regla general de conducta, seamos discretos, sutiles y respetuosos a la par que enérgicos en la defensa de los intereses de nuestro cliente. |
Otros consejos. |
Conductas a evitar por el abogado en sala. 14 agosto 2013 Fernández León, Óscar Un elemento esencial a tener en cuenta por todo abogado es saber estar y comportarse en el foro. No obstante, un erróneo proceder en sala no puede asociarse o identificarse exclusivamente con una actuación irrespetuosa, sino que existen múltiples conductas que, sin alcanzar la grosería o insolencia, pueden integrarse en una conducta desacertada en sala que, por nuestro bien y el de nuestro cliente, hemos de detectar, observar y corregir. Si bien el Código Deontológico de la Abogacía Española en su artículo 11 se establecen las disposiciones reguladoras del comportamiento en sala que deben seguir los abogados, lo cierto es que existen otras reglas que derivan de la práctica y experiencia forense y que, no estando escritas, son reconocidas ampliamente por los operadores jurídicos, y muy especialmente por los jueces, quienes en su condición de testigos privilegiados del fenómeno oratorio forense, pueden visualizar y detectar dichas faltas, auxiliando con ello a la formación de un código no escrito de los comportamientos más recomendables. Expuesto lo anterior, a continuación vamos a tratar los que consideramos más destacados y que todos los abogados que intervenimos en sala debemos tener en consideración: 1.- PRESENCIA DEL ORADOR. La presencia del abogado va asociada con su imagen, la que, a su vez, es primordial, pues determinará la impresión que causaremos a los demás. En el foro, esta impresión debe causarse a los jueces y a los miembros del jurado, si bien debe entenderse que nos referimos a causar una impresión positiva, acorde con el contexto judicial en el que desempeñamos nuestra labor. Por lo tanto, debemos proyectar una imagen de seriedad, responsabilidad y confianza. Para ello, emplearemos un vestuario apropiado, vestiremos la toga de forma seria y respetuosa y nos pondremos y quitaremos siempre la toga fuera de la sala de vistas. 2.- PRESENTACION Y DESPEDIDA EN SALA. Las reglas de cortesía, tanto en nuestra vida diaria como en determinadas situaciones deben ser ajenas a cualquier motivación especial. Si somos educados, lo hemos de ser siempre, por lo que en el foro hemos de mantener una conducta cortés y educada en todo momento, máxime cuando es de suma importancia que el abogado genere desde el principio un clima positivo con el auditorio, lo que le ayudará a su tarea de convencer y persuadir. En consecuencia, el abogado deberá saludar a su llegada a la sala de forma clara y amable al juez. Igualmente, al marcharse deberá despedirse de la misma forma. Finalmente, debe evitar a toda costa llegar tarde al acto judicial. 3.- RESPETO AL AUDITORIO Como hemos señalado anteriormente, el artículo 11 del Código Deontológico de la Abogacía establece como obligaciones de los abogados para con los órganos jurisdiccionales, entre otras, las siguientes:
En este apartado vamos a detenernos a examinar diversas conductas que hay que evitar pues constituyen una verdadera falta de respeto al órgano judicial y, por extensión, a todas las personas que intervienen en los actos judiciales. Entre estas destacamos las siguientes:
4.- SEÑALES DE APROBACION-DESAPROBACION Prohibido expresamente por nuestro Código Deontológico, constituye una conducta irrespetuosa e inapropiada en un abogado el realizar gestos y señales de desaprobación, bien sean dirigidas expresamente a unos concretos destinatarios como realizados de forma genérica. Cierto es que en ocasiones el abogado puede sufrir situaciones de extremada tensión, pero precisamente la grandeza del mismo radica en mantener la calma y, orientado por la prudencia, saber emplear las herramientas legales de las que disponemos para tratar corregir aquello que no se ajuste a la legalidad o, en su caso, de soportar aquellas decisiones o situaciones que nos disgusten. 5.- INTERRUPCIONES. Salvo aquellos supuestos en los que la norma procesal permite la interrupción de los interrogatorios del letrado contrario, el abogado no puede interrumpir a quien se encuentre en el uso de la palabra. Naturalmente, si se desea intervenir, habrá que esperar el momento más adecuado y solicitar al juez o presidente la venía para hacerlo. 6.- OBEDIENCIA DEBIDA AL JUEZ. El abogado, cuando es llamado al orden sobre cualquier cuestión por el juez o por el presidente del tribunal está obligado a obedecer, estando vedado cualquier comportamiento que se oponga frontalmente a dicho requerimiento (naturalmente, si se vulnera alguno de nuestros derechos hay medios procesales para actuar). Con ello no solo nos referimos a una respuesta desabrida que constituye, sin más, una desobediencia, sino a aquellas conductas que, emulando el cumplimiento del llamamiento, no suponen variación en nuestra actitud. Imaginemos que nos llaman al orden sobre la forma de realizar un interrogatorio y, acto seguido, seguimos en la línea sin variar un ápice nuestro proceder. En estos casos podemos enfrentarnos a un apercibimiento e incluso a la retirada de la palabra. 7.- COMPOSTURA. Por compostura entendemos el actuar con un comportamiento comedido, moderado y discreto en el hablar y actuar, ajustado a las circunstancias de tiempo y lugar. Por lo tanto, la pérdida de la compostura supone la entrada en conductas indeseadas que se caracterizan por la desproporción en el saber estar, perdiéndose la mesura y decoro exigidos por dichas circunstancias y que pueden ser reprobadas por el juez o el presidente a través de una llamada al orden. Entre aquellas conductas que son destacadas por los jueces, y que podrían incardinarse en la falta de compostura se incluyen las siguientes:
8.- LECTURA DEL INFORME. La tradición forense desaconseja el procedimiento de leer el informe oral, estando mal considerado por los jueces que no solo ven en el mismo una falta de confianza y seguridad en el abogado, sino que encuentran verdaderas dificultades para seguir con atención un discurso de esta naturaleza acostumbrados a otro tipo de intervenciones forenses no leídas. De hecho, conforme a las normas procesales españolas, el informe debe ser oral, no leído, siendo lo más recomendable el limitarse a consultar el guión establecido al efecto con el fin de ir desarrollando las ideas ya aprendidas. 9.- SOBREACTUAR. Los actores, cuando sobreactúan, exageran el tono o actitud del personaje que encarnan, realizando con ello una interpretación exagerada y carente de naturalidad. Aplicado a la intervención del abogado en el foro, sobreactuar equivale a exteriorizar en sus intervenciones una actitud exagerada, poco natural, y en consecuencia poco creíble y verosímil, alejando con ello las opciones persuasivas que lo animan. 10.- INTERROGAR. En cuanto a la forma de interrogar, son varias las conductas que debemos observar y que son las que más llaman la atención a los jueces:
11.- CUCHICHEOS CON COMPAÑEROS. Ciertamente, es muy habitual ver como durante el acto de la audiencia previa o el juicio oral los abogados hablan entre ellos sobre algún aspecto el procedimiento o sobre otra cuestión relacionada con algún hecho que está acaeciendo. En mi opinión, salvo que sean para aclarar alguna duda o cuestión de suma importancia, no es recomendable seguir con este proceder, ya que normalmente causa malestar al abogado contrario y el juez, que lo ve todo, no es ajeno a dichas conversaciones. Para colmo, en muchas ocasiones, de forma involuntaria, quedan grabadas en el soporte de sonido. 12.- FORMA DE HABLAR Y TONO. En cuanto a la forma de hablar, hay que evitar hacerlo bajo o excesivamente alto; hacerlo sin convicción y seguridad o de forma incomprensible. 13.- EXPOSICIÓN DEL INFORME. En este aspecto los jueces son totalmente uniformes: El informe debe ser breve, claro y preciso, alejándose de exposiciones prolijas y largas en el tiempo y de argumentaciones oscuras y farragosas. El abogado debe comenzar el informe con la correspondiente petición Con la venía y concluir con alguna frase de cierre lo suficientemente clara para dar a entender que se ha terminado en lugar de quedarse en silencio. Concluir señalando que, de no evitar estas conductas, de poco le valdrá al abogado su brillante elocuencia ante un auditorio poco receptivo, escasamente atento y consecuentemente nada proclive a la argumentación de quien actúa de forma desatinada. |
Alegatos en las vistas orales: por la boca vive el pez. JR Chaves 18/09/2019 Normalmente las películas nos transmiten la imagen del abogado como un mago de la oratoria, alguien que armado de la palabra y el gesto sabe dirigirse al jurado y convencerle. Lo curioso es que los graduados en derecho salen de las facultades con el marchamo de defensores, atiborrados de jerga jurídica y dispuestos a saltar a la arena judicial como los gladiadores en los circos romanos. En la vista oral llegará la hora de la verdad y al igual que los gladiadores, las capacidades interpretativas y dramáticas tendrán su importancia. Así que, por si fuera de utilidad, desde mi experiencia y la de muchos compañeros juristas que la comparten, aunque ya toqué el tema en mi libro El arte de la guerra en la Justicia administrativa (Wolters Kluwer, 2018) intentaré ahora transmitir en quince pinceladas impresionistas lo que se espera de un abogado en la vista oral, ya sea civil, penal, laboral o contenciosa:
En definitiva, si Andy Warhol advertía que “Todos tenemos quince minutos de gloria en la vida”, creo que los abogados son afortunados puesto que tienen la oportunidad de pasar a la gloria en tantas ocasiones como disponen de tiempo para alegaren la vista oral. La gloria del trabajo bien hecho, de servir a su cliente y de levantar la venda de la dama de la Justicia para que acierte. |
Evitar el miedo escénico y salir airoso al hablar en público. JR Chaves 26/12/2014 Hace poco fue noticioso el cantante Joaquín Sabina abandonaba el escenario antes de lo previsto, visiblemente cansado y tenso, ante un público perplejo. El mismo se autodiagnóstico como un ataque de pánico escénico en la línea de la cantante Pastora Soler. El «pánico escénico» con sus parientes de «miedo a hablar en público» que forma un nudo en la garganta, un leve temblor y un deseo de huir y refugiarse es una actitud que todos hemos padecido en la niñez. Suele decirse que el «miedo al ridículo» solo se padece respecto de los que son capaces de valorar las consecuencias de sus acciones y lo hacen bajo criterios muy exigentes, que les llevan por un razonamiento vertiginoso, a dar el fracaso posible como probable, y en consecuencia, optan por la retirada. Este «miedo escénico» tiene grados. Desde el natural nerviosismo hasta la paralización y enmudecimiento total. Junto a ello síntomas conocidos: pulso acelerado, temblores, sequedad en la boca, visión errática, náuseas, deseo de irse, etc. Es un problema grave para las personas que tienen que hablar ante un público mas o menos numeroso: profesores ante alumnos, abogados ante jueces y oponentes, administradores de comunidades de vecinos, etc. Sin embargo, es un problema que tiene solución. Personalmente he dado muchísimas charlas y debo confesar que en mis comienzos estaba aterrorizado, como también lo estaba siendo un quinceañero y teniendo que actuar en el teatro escolar o en los ejercicios deportivos ante el público. Y sin embargo, todo se supera siguiendo unos sencillos trucos o estrategia. 1. Conocer el tema de que se va a hablar. Repasar, practicar y ensayar. Y puede practicarse ante amigos o familiares, e incluso ante sillas vacías. Todo ayuda y cada vez que se repasa se descubren matices. Por un lado, si se sabe todo no habrá espacio para el error ni para la pregunta impertinente que nos pille. Por otra parte, si se pierde el hilo será fácil. Si se trata de una actuación deportiva, artística o teatral, habrá que practicar hasta que la actuación salga «sin pensarlo», con espontaneidad de manera que nuestro subconsciente tome los mandos del «piloto automático». 2. También ayuda plantearse a solas cuales pueden ser las preguntas que hará ese público imaginario. O cuales pueden ser las reacciones. Por ejemplo, los magos tienen siempre preparados algunos trucos verbales para evitar el espectador avispado que quiere cazarles el truco o ridiculizarles. 3. Organizar el material a exponer. Nadie va a torear con botas, faldas o sin saber donde tiene el capote. Una corrida de toros supone un ritual para el torero y no dejar cabos sueltos. Desde las ágiles zapatillas, las medias amarradas, el capote a un lado, la espada lista, la montera calada… todo a punto para evitar sorpresas. Y cuando se trata de una exposición oral ante el público, no es un examen, así que bien está contar con notas, esquemas o cualquier ayuda que pueda consultarse y darse sobre la marcha la respuesta exacta. 4. Visualizar un desenlace positivo. Siempre ayuda la idea del éxito. Si se piensa que algo va a salir mal, estamos contribuyendo a que se cumplan la mala profecía, de igual modo que hablar de la caída de las acciones bursátiles hacen que finalmente caigan (conocido como la profecía de Merton). 5. Momentos antes de iniciar la exposición, conferencia o espectáculo, hay que tomar conciencia y pisar firme. Los actores suelen tararear, tomar chicle, hacer estiramientos musculares, o incluso pasear para calmarse y relajar el cuerpo antes de la actuación. 6. Por supuesto, evitar la cafeína o consumos excitantes que nos harán sentir mas nerviosos e inquietos. En cambio, se dice que el zumo de naranja baja la ansiedad y la tensión arterial. 7. También importa muchísimo llegar con antelación al acto, para conocer dos aspectos cruciales. En primer lugar, interesarse por el perfil de asistentes o espectadores, para evitar sorpresas y saber a quien dirigirse (no es lo mismo una conferencia para adolescentes que para veteranos profesores de universidad); conocer sus necesidades y expectativas será el indicador de su nivel de exigencia y de nuestra responsabilidad; en segundo lugar, conocer el local para que sea territorio dominado y no depare sorpresas que alteren nuestro itinerario expositivo. También ayuda mucho conversar antes del inicio con algún espectador pues tiende lazos cercanos y de comodidad. 8. Es importante centrar el objeto de la exposición en nuestro contenido, en el material, y no en la audiencia. Importa la ponencia y no los espectadores. 9. Es muy útil no intentar abarcar visualmente durante toda la exposición a todo el público. Hay que captar de inmediato, incluso antes de la exposición, al público benevolente y cautivador. Aquél que parece sonreír antes de comenzar y que nos va seguir con la mirada y asintiendo la exposición. Hemos de dedicarle íntimamente nuestra exposición y nos ayudará a llegar hasta el final con éxito. Y por supuesto, considero una estupidez el viejo truco de imaginarse el público desnudo para así degradar el respeto y solemnidad que merecen y poder hablar mas cómodo; mejor es pensar que si están allí es porque quieren conocer y aprender y te respetan. Nadie les ha obligado a asistir. Y nadie quiere verle fracasar sino triunfar. Estadísticamente por cada imbécil saboteador de espectáculos hay quinientas personas buenas e ilusionadas. Ese es el mejor estímulo. 10. Y por supuesto muy importante en las exposiciones orales es ir despacio y hacer pausas. Es como un buen almuerzo: muy rápido se atragante y muy lento no alimenta. Los novatos tienden a hablar rápido para acabar pronto y que no les falte tiempo, pero no perciben su propia velocidad, por lo que siempre hay que refrenarse. Hay que pensar que la media de los espectadores necesitan escuchar, rumiar lo dicho y responder con sonrisas, sorpresa o agradecimiento. Y así no nos faltará la ovación final. |
Vista oral. La vista oral es una de las fases en las que se estructura un juicio oral. Dentro del proceso judicial penal, la vista o juicio oral se desarrolla una vez se han desarrollado las fases de instrucción y acusación. La vista o juicio oral se desarrolla con un juez distinto al de las fases de instrucción y acusación. En la vista oral es donde se formulan las pretensiones y se proponen y practican las pruebas que fundamentan los hechos acontecidos del procedimiento en cuestión. En esta fase, también se desarrollan las conclusiones de los abogados de las partes para que el tribunal o juez pueda dictar posteriormente una sentencia. La fase del juicio o vista oral se rigen por una serie de principios, como la oralidad, inmediación y contradicción, principio acusatorio y publicidad. El principio de oralidad establece que las partes puedan exponer sus alegatos oralmente, de manera similar a la práctica de pruebas que van junto a documentos, otras pruebas e informes. En cuanto al principio de inmediación y contradicción, lo que supone es la implicación de la igualdad de las partes para la valoración de las pruebas practicadas en el juicio y contradicción de los resultados o posibilidad de presentar otras alternativas. Respecto al principio acusatorio, establece límites para que el juicio se desarrolle justamente. Así, se consigue garantizar la acusación previa para el inicio del proceso del juicio oral, que la sentencia vincule a la acusación, entre otras. Por otra parte, con el principio de publicidad se garantiza el carácter público de todas las actuaciones realizadas en el juicio o vista oral. En la vista oral, son el Presidente y dos Magistrados quienes forman el Tribunal. El Presidente del Tribunal tiene una serie de funciones como procurar que en la sala se mantenga el orden, llamando la atención a quienes lo alteren y garantizando el respeto y justicia. También gestionan la dirección de los debates, garantizando la justa defensa y evitando las discusiones o conflictos que puedan surgir. Según la Real Academia Española, la vista es la “actuación procesal de carácter público que se realiza ante un tribunal, con intervención de las partes, para preparar o celebrar un juicio, conocer de un incidente, escuchar los alegatos de las partes y proponer o celebrar pruebas.” También se conoce como la “Actuación en que se relaciona ante el tribunal, con citación de las partes, un juicio o incidente, para dictar el fallo, oyendo a los defensores o interesados que a ella concurran. Es una actuación oral, sin perjuicio de su documentación escrita o por grabación de imagen y sonido, y salvo excepciones, de carácter público. » «Existe una cierta justificación de la intervención de Abogado en el supuesto de solicitud de vista pública, porque la exposición oral de los hechos y fundamentos de derecho, que constituyen las alegaciones, aconseja la intervención de un profesional conocedor del Derecho» «Se afirma por la Sala que “si una parte se persona en el trámite de apelación y no es atendido su escrito, se celebra la vista sin su comparecencia e intervención y se dicta sentencia que le es desfavorable, presentando además el escrito de protesta en el que solicitó la nulidad de actuaciones, se ha atentado directamente a su derecho a la tutela judicial efectiva y se le ha dejado en indefensión. Todo ello con una salvedad: si la responsabilidad de tal indefensión recae sobre la propia parte, no puede alegarla y sufre las consecuencias por él provocadas”»” |
Ejemplo de modelo de alegatos de apertura. |
Los alegatos de apertura son la primera oportunidad que tiene el abogado para presentar su teoría del caso ante el juez o el jurado, y la manera de hacerlo es en forma de un relato breve, claro y sólido. Sin embargo, más allá de presentar el caso, el objetivo es captar la atención y el interés de los presentes, para generar confianza y empatía, aspectos fundamentales en la resolución favorable de los casos. Contenido
¿Qué es un alegato de apertura penal? El alegato de apertura es una declaración inicial crucial que los abogados presentan ante el juez y el jurado al comienzo de un juicio. Su objetivo es ofrecer una visión general del caso, establecer las principales líneas argumentativas y preparar a los miembros del jurado para la evidencia y los testimonios que se presentarán durante el proceso. Este primer contacto con el jurado es vital, ya que sienta las bases para la percepción del caso, influenciando las primeras impresiones y proporcionando un marco interpretativo para la evidencia subsiguiente. En este sentido, hay que tener en cuenta una serie de recomendaciones para diseñar un buen modelo de alegatos de apertura, ejemplo de ellas son las siguientes:
Antes de entrar en detalle sobre el proceso de diseño, es importante destacar que los ejemplos de alegatos de apertura deben presentar coordinadamente los siguientes 3 elementos:
Como nota adicional, dichos elementos también deben estar presentes en los alegatos de clausura. Estos son, en contraparte a los de apertura, la última oportunidad que tiene el abogado de convencer al jurado. Modelo de alegatos de apertura: ejemplo de cómo diseñarlo Existen distintos modelo de alegatos de apertura y la formulación de cada uno de ellos depende del tipo de caso que se va a desarrollar y de la posición del abogado, ya sea que se encuentre como defensor o como acusador. Sin embargo, aunque cada relato es diferente, todos los ejemplos de alegatos de apertura tienen una estructura básica en común:
Con base en dicha estructura, el abogado establece una metodología para diseñar sus alegatos de apertura. Ejemplos de los pasos a seguir en ese proceso son los siguientes:
Es necesario que el abogado litigante se aboque a resolver una serie de primeras diligencias antes de preparar los alegatos de apertura, por ejemplo:
En la introducción se deben presentar el tema y el resumen de la teoría del caso. El tema (o lema) es un enunciado muy puntual sobre el hecho y la pretensión en el alegato. Ejemplo de frase para iniciar un alegato de apertura de defensa sería:
En cuanto a la extensión, el tema sería como el título de un libro, mientras que la teoría del caso sería el contenido del libro. La introducción del modelo del alegato de apertura es muy importante a nivel estratégico, ya que esta debe ser usada para impactar a los presentes, inspirar emociones o atenuar las consecuencias del hecho. Todo esto depende del objetivo del abogado: defender o acusar.
En el cuerpo o contenido principal de los alegatos de apertura es donde se presentan los elementos fácticos, probatorios y jurídicos mencionados al inicio de este artículo.
Al realizar los alegatos de apertura, los tres tipos de elemento deben estar cohesionados entre sí con una narrativa lógica y creíble.
En alineación con los tres tipos de elementos descritos anteriormente, al abogado acusador debe realizar una serie de consideraciones en su alegato de apertura. Ejemplo de estas son:
Consideraciones sobre el cuerpo de los alegatos de apertura de la defensa. En cuanto al abogado defensor, algunas de las consideraciones que debe hacer en su modelo de alegato de apertura son, por ejemplo:
Diseñar la conclusión de los alegatos. El modelo de alegatos de apertura se debe cerrar con una petición específica y clara en cuanto a la sentencia condenatoria y la aplicación de la pena correspondiente (abogado acusador) o en cuanto a la absolución del imputado (abogado defensor). Además de la petición, también es bueno incluir otros aspectos en la conclusión de los alegatos de apertura, por ejemplo: destacar algún dato particular sobre la víctima o el acusado, y terminar retomando nuevamente el tema o lema del caso. Ejemplo de modelo de alegato de apertura de defensa. Un ejemplo de alegato de apertura de defensa como parte de las etapas del proceso penal sería el siguiente: Señores del jurado, la defensa inicia el alegato de apertura de defensa penal con la siguiente interrogante: ¿Debía mantenerme inmóvil ante un peligroso acto de agresión contra mi vida? Fue un homicidio, sí, ¡pero en legítima defensa! Así es, señores del jurado, es dudoso lo manifestado por el señor fiscal en su alegato explicando su teoría del caso. El 01 de enero de 2020, mi cliente fue objeto de un intento de robo agravado por parte de un sujeto que portaba un arma de fuego como medio de intimidación, situación ante la cual mi cliente reaccionó en defensa propia, y que tuvo como consecuencia la pérdida de vida del atacante. Acto por el que ahora mi cliente es imputado por un hecho amparado en el artículo 150 del Código Penal. En el desarrollo del juicio oral, la defensa demostrará que mi cliente no es responsable del delito materia de investigación. Este y todos los ejemplos de alegatos de apertura deben considerarse en la práctica como un momento crítico en los juicios orales. Es bien sabido que la primera imagen siempre cuenta, incluso en derecho. Si un modelo de alegato de apertura no se realiza correctamente, el abogado pierde la oportunidad de conectar desde un principio con los participantes del juicio. Ese error puede ser aprovechado por la contraparte, lo cual sería fatal para el caso incluso antes de comenzar. Nueva llamada a la acción. Preguntas frecuentes sobre los modelo de alegatos de apertura de abogados. ¿Qué es el alegato de apertura? El alegato de apertura es el proceso en el que el abogado de la defensa o de la fiscalía presenta la teoría del caso durante el juicio oral, cumpliendo con los elementos fácticos, probatorios y jurídicos. ¿Cómo se redacta un alegato de apertura por escrito? Un alegato de apertura por escrito se redacta teniendo en cuenta la introducción, el cuerpo y la conclusión del alegato tanto para la defensa como para la parte acusatoria. ¿Qué es un alegato de clausura? El alegato de clausura, a diferencia del de apertura, es cuando el abogado presenta sus últimos argumentos y conclusiones durante la finalización del juicio oral. |
Salas de los Tribunales de Justicia de Santiago. |
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