—¿Por qué lees tanto? —(…) Mi mejor arma está en el cerebro. Mi hermano tiene su espada; el rey Robert tiene su maza, y yo tengo mi mente… Pero una mente necesita de los libros, igual que una espada de una piedra de amolar, para conservar el filo. —(…)—. Por eso leo tanto, Jon Snow.

TYRION LANNISTER.

viernes, 17 de marzo de 2017

372.-Real Audiencia y Chancillería de Granada.-a


Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; 


 Real Audiencia y Chancillería de Granada


El edificio que albergó esta audiencia, conocido como palacio de la Chancillería, está situado en Plaza Nueva y fue construido entre 1531 y 1587. Fue declarado Bien de Interés Cultural y actualmente es utilizado como sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y de la Fiscalía Superior de Andalucía.



 Fue tribunal de judicial establecido por la reina Isabel I de Castilla en 1505, al trasladar a la ciudad de Granada la Real Audiencia y Chancillería de Ciudad Real, que había instaurado en aquella ciudad en 1494. 
Esta nueva Real Audiencia heredó las competencias de la anterior, que se extendían sobre el territorio situado al sur del río Tajo, en contrapartida con la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid, que las tenía sobre el territorio al norte del citado río.
Desapareció en 1834 , y sus funciones fueron heredadas por la Audiencia Territorial de Granada y sus fondos documentales se conservan en el Archivo de la Real Chancillería de Granada.

Historia

El rey Enrique II de Castilla fundó el tribunal de la Real Audiencia en las Cortes de Toro de 1371, siendo la primera de ellas la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid, que inicialmente tuvo competencias sobre toda la Corona de Castilla. Con la ampliación de territorios tras el matrimonio de los Reyes Católicos y la posterior conquista de Granada, la reina Isabel I de Castilla dividió en dos la jurisdicción del tribunal. Para ello creó la Real Audiencia y Chancillería de Ciudad Real en 1494, otorgándole competencias judiciales en los territorios comprendidos al sur del río Tajo, mientras que a la de Valladolid le correspondió el norte del mismo río.

En 1500 se planteó el traslado de la Real Chancillería de Ciudad Real a Granada, hecho que se hizo efectivo cinco años más tarde, siendo reina Juana I de Castilla. Esta nueva audiencia heredó las competencias jurídicas de la anterior, y dispuso de menos que la de Valladolid, pues careció de la Sala de Vizcaya. Tras una serie de reformas judiciales y una posterior reorganización de las audiencias reales, perdió parte de su jurisdicción al ser creada en 1525 la Real Audiencia de los Grados en Sevilla y un año más tarde la Real Audiencia de Canarias, con sede en Gran Canaria.
En 1531 el rey Carlos I de España mandó construir el Palacio de la Chancillería, siendo el primer edificio de este tipo que se construyó en España para albergar un tribunal de justicia. El proyecto fue ejecutado por el arquitecto Francisco del Castillo el Mozo, siendo obra de los canteros Martín Díaz de Navarrete y Pedro Marín, mientras que la obra escultórica fue realizada por Alonso Hernández. El patio ha sido atribuido a la traza de Diego de Siloé. Fue finalizado en 1587, reinando Felipe II de España, y está considerado como la obra manierista más emblemática de la ciudad nazarí.
Durante el siglo XVIII fue perdiendo poder y competencias al crearse la figura del intendente.
lEl 26 de enero de 1834 fue suprimida  y creadas a su vez las audiencias territoriales. Sus competencias pasaron a la recién creada Audiencia Territorial de Granada, con jurisdicción sobre las provincias de Granada, Almería, Jaén y Málaga.

Composición y funciones

La Real Audiencia y Chancillería de Granada estaba compuesta por el presidente, 16 oidores, 4 alcaldes de Corte, 3 alcaldes de hidalgos, 2 fiscales y un numeroso grupo de oficiales distribuidos en 6 salas de justicia: 4 de lo civil, 1 de lo criminal y la Sala de Hijosdalgo.

 La Sala de Hijosdalgo de la Real Chancillería de Granada ya juzgaba casos de Nobleza en el año 1409. La Sala de Hijosdalgo dejó de operar en el año 1836, con la abolición de la separación de Estados. El presidente de la Sala recibía el título de alcalde mayor de Hijosdalgo, y era un juez togado.

Importancia histórica.

El 8 de febrero de 1505 se instaló en Granada la Real Chancillería, que desde 1494 residía en Ciudad Real. De este modo, se cumplía un deseo de los Reyes Católicos, quienes tras la conquista de Granada en 1492 emprendieron un amplio programa de castellanización, que extendieron a las instituciones y que contemplaba el traslado del tribunal a la ciudad del Darro.
Los reyes dispusieron instalar la Chancillería en Granada para ennoblecerla. poblarla y para controlar el territorio recientemente anexionado a Castilla, que era frontera con Berbería y contaba con una importante minoría religiosa. La Chancillería era una institución controlada directamente por la corona, que podía hacer efectivo el poder real, al ser la máxima instancia judicial y gubernativa al sur del Tajo y al albergar el sello real. La presencia del sello real convirtió a Granada en la “tercera corte de España” y otorgó a la Chancillería un prestigio impresionante. No en vano, la institución tenía el mismo tratamiento que los monarcas, el de “Muy Poderoso Señor y Alteza”; sus mandatos, al estar refrendados por el sello real, poseían la misma validez que los de los propios reyes; los magistrados del tribunal se denominaban del Consejo de su Majestad y gozaban de un privilegio reservado a los grandes, ser caballeros cubiertos ante el rey; y el presidente de la institución era el máximo representante de la corona en el territorio de su jurisdicción. El papel simbólico de la institución se reflejó de forma magistral en la sede del tribunal, que fue el primer palacio de justicia construido por la monarquía.
Desde su instalación en Granada, la jurisdicción de la Chancillería comprendía todos los territorios situados al sur de Tajo a excepción de las ciudades y villas cuya cabeza de jurisdicción se situaba al norte del río -que dependían de la Chancillería de Valladolid-, de la ciudad de Sevilla y su tierra y de las islas Canarias, lugares donde se establecieron en el siglo XVI sendas Audiencias. Esta jurisdicción no se modificó hasta el siglo XVIII. Los Borbones, en su esfuerzo por conseguir una administración más racional, llevaron a cabo una ambiciosa reforma de la administración territorial. Uno de los puntos claves de la misma consistió en erigir nuevas Audiencias que recortaran el territorio jurisdiccional de las Chancillerías de Valladolid y Granada. 
Se pensaba que la amplitud de este territorio era la responsable de uno de los males endémicos de la administración de justicia: la dilación en la resolución de los pleitos, que provocaba que los procesos resultaran muy costosos y que solo pudieran seguirlos los ricos y poderosos De ahí que en el XVIII se establecieran en Castilla dos nuevas Audiencias: la de Asturias en 1707 y la de Extremadura en 1790. Además, en el mismo 1790 se aumentó también el ámbito de actuación de la Audiencia de Sevilla. La Audiencia de Asturias limitaba la jurisdicción de la Chancillería de Valladolid, la de Extremadura ocupó parte del distrito de las dos Chancillerías y la ampliación del territorio de la Audiencia hispalense, a la que se incorporó todo el reino de Sevilla, restringió el área de influencia de la Chancillería de Granada. De este modo, en 1790 se redujo aproximadamente un tercio el territorio jurisdiccional de la institución granadina.

Granada fue durante todo el Antiguo Régimen, una ciudad esencialmente administrativa gracias a la Chancillería. Plaza Nueva, donde se ubicó en el siglo XVI la sede de la institución que hoy conocemos, se convirtió en uno de los centros de la vida urbana. En el tribunal trabajaban más de 200 personas, muchas de las cuales fijaron su residencia en sus alrededores. El patio de la institución fue un lugar de encuentro entre el personal de la Chancillería y los numerosos pleiteantes, abogados, solicitadores y agentes de negocios que se congregaban en la ciudad. En el corredor del edificio había tiendas donde se vendían libros y papel para los escribanos. 
En la zona, particularmente en la parroquia de Santa Ana, se establecieron tiendas, tabernas, casas de posada y numerosas imprentas. De hecho, muchas se mantenían gracias al trabajo que les proporcionaba la actividad del tribunal, pues se imprimían infinidad de papeles relacionados con el proceso judicial. Entre ellos, un sinfín memoriales de pleitos y de alegaciones jurídicas. La actividad que generaba la Chancillería dinamizaba la vida urbana y constituía una importante fuente de ingresos para la ciudad, habida cuenta la cantidad de negocios que se despachaban en las salas del tribunal.

La Chancillería de Granada estaba integrada por distintos tribunales, cuya planta quedó definida en el primer cuarto del siglo XVII: la Audiencia, conformada por cuatro salas, compuesta cada una de ellas por cuatro oidores; el tribunal de los alcaldes del crimen, en el que veían los procesos cuatro magistrados; el de los alcaldes de hijosdalgo, compuesto igualmente por cuatro ministros; y el Juzgado de Provincia. Como órgano supremo de la jurisdicción real, la institución despachaba todos los pleitos civiles y criminales acaecidos en el territorio de su jurisdicción, aunque estaba limitada por la potestad del monarca para intervenir en cualquier proceso, por la capacidad del Consejo de Castilla para resolver ciertos pleitos y por la presencia de múltiples jurisdicciones especiales. 
El cometido fundamental de la Chancillería era resolver las apelaciones de las sentencias dictadas por los jueces ordinarios y delegados del territorio de su jurisdicción y también llegaban a la Chancillería las apelaciones de algunas jurisdicciones especiales, como las de señorío, que llegaron a convertirse en una forma de resistencia antiseñorial. Los alcaldes del crimen conocían las apelaciones de todas las causas criminales y la Audiencia substanciaba las apelaciones de los procesos civiles. Tanto la Audiencia como los alcaldes del crimen tenían igualmente algunas competencias en primera instancia, ya que resolvían los casos de corte, los pleitos de términos, los procesos sobre retención de bulas y los recursos de fuerza.

Junto a la Audiencia y al tribunal de los alcaldes del crimen, componían la Chancillería el tribunal de los alcaldes de hijosdalgo y el Juzgado de Provincia. Los alcaldes de hijosdalgo tenían a su cargo la resolución de los procesos de hidalguía y alcabalas. Esta sala tuvo muchísima actividad durante los siglos XVI y XVII, ya que bajo los Austrias el camino más fácil para ingresar en las filas de la nobleza era conseguir una ejecutoria de hidalguía. Sin embargo, en el siglo XVIII descendieron notablemente las peticiones de hidalguía, de manera que esta sala se transformó en sala del crimen, con el fin de agilizar la resolución de los procesos criminales. El último tribunal que conformaba la Chancillería era el Juzgado de Provincia, donde los alcaldes del crimen substanciaban como alcaldes ordinarios las causas civiles y criminales de Granada y su rastro.



Para ayudar a los jueces a resolver todos estos procesos, la Chancillería contaba con un nutrido grupo de subalternos. Se trataba de un colectivo muy heterogéneo, que en muchos casos accedía a sus empleos mediante la compra de los mismos, en el que encontramos oficiales cuyo trabajo tenía que ver con la tramitación de los procesos -relatores, receptores, escribanos, procuradores, solicitadores y abogados-; con la ejecución de la justicia -el alguacil mayor y los alguaciles de vara y espada-; con el control de las finanzas de la Chancillería -el pagador y los receptores de penas de cámara y gastos de justicia-; con la expedición de la documentación – el chanciller y el registrador-; con el funcionamiento de la cárcel -el alcaide, el verdugo, el médico, el barbero y el capellán-; y con la asistencia material y espiritual de los magistrados -los porteros, el relojero, el repostero de estrados, el sacristán y los capellanes-.

El ámbito de actuación y las competencias judiciales de la Chancillería eran muy claras. Sin embargo, la administración de justicia en la institución no estaba exenta de problemas. Entre otras razones, por los numerosos conflictos de competencias que estallaron entre el tribunal y otras jurisdicciones, por la lentitud en la resolución de los negocios y por las prácticas corruptas de los magistrados y subalternos tal y como pusieron de manifiestos las distintas visitas realizadas a la institución por la monarquía. Por otra parte, también incidía en la buena marcha de la resolución de los procesos la dedicación de los magistrados a las numerosas tareas gubernativas que debían desempeñar.

Último sello mayor que se confecciona para sellar con cera y placa con motivo de la subida al trono de Isabel II en 1833. Durante su reinado decayó su uso para validar documentos en los tribunales superiores.


En efecto, la Chancillería de Granada era además de un tribunal superior de justicia el máximo órgano gubernativo del territorio de su jurisdicción. De ahí que los ministros tuvieran que ocuparse del gobierno del territorio, lo que a veces les obligaba a descuidar su labor propiamente judicial. Estas tareas gubernativas las desempeñaban a través de la realización de comisiones, de su participación en juntas de gobierno y del despacho de autos acordados y reales provisiones. Por citar solo alguna de estas tareas, es preciso señalar su intervención durante momentos de inestabilidad política y social -como las Comunidades, la Guerra de las Alpujarras, los motines de subsistencias del siglo XVII, la Guerra de Sucesión o la Guerra de la Independencia– y en época de calamidades provocadas por plagas, tempestades o epidemias. 
Los magistrados tenían igualmente a su cargo funciones hacendísticas y económicas, como la recaudación de algunas rentas y donativos, y también participaron en el gobierno de los municipios de su jurisdicción y en la organización de levas militares y de vagos y maleantes.


Presidente de la Real Chancillería de Granada/Capitán General.

Retrato de Pedro de Castro, 1741

El presidente de la Audiencia y Chancillería de Granada era la figura más importante de la institución. Se le consideraba el alter ego del monarca y, en consecuencia, era el primer personaje de la monarquía en el territorio de su jurisdicción. De ahí que viviera en el palacio de la Chancillería con gran boato y magnificencia y que todas sus apariciones públicas estuvieran rodeadas de un rígido protocolo, especialmente su entrada en Granada, un acto sujeto a un estricto ceremonial destinado a reforzar la autoridad judicial.
En la primera mitad del siglo XVI todos los presidentes de la Chancillería fueron obispos o arzobispos, pero a partir del reinado de Felipe II ocuparon este cargo letrados, que, de acuerdo con el cursus honorum establecido en Castilla, ya habían servido a Su Majestad en otros puestos de la administración, por lo que contaban con la experiencia y los conocimientos suficientes para dirigir la institución y asumir todas las tareas propias de su cargo.
Por lo que se refiere a sus funciones judiciales, a los presidentes les competía decidir junto a un alcalde y un oidor si un negocio era civil o criminal cuando había alguna duda al respecto; igualmente, debían estar presentes en la revista y determinación de todas las causas, excepto en las de menor cuantía y en las eclesiásticas; y, además, podían ir a la sala que considerasen oportuno y votar en cualquier pleito. La asistencia del presidente en la votación de los procesos no era una cuestión baladí, pues, a pesar de no tener voto de calidad, su presencia podía determinar el voto del resto de magistrados.  Los presidentes también ejercieron como jueces conservadores y privativos de distintas jurisdicciones privilegiadas.

Por otra parte, es preciso señalar que los presidentes formaban junto a los oidores del tribunal el Real Acuerdo. Al Acuerdo le correspondía, entre otras cuestiones, recibir el juramento de todos los miembros de la institución, examinar a determinados oficiales, resolver las recusaciones, nombrar a algunos subalternos y a los agentes del Acuerdo en la corte y vigilar que todos, oficiales y ministros, cumplieran con las obligaciones de sus oficios. El Acuerdo tenía, además, amplias competencias en el gobierno del territorio e intervenía en todos los ramos de la administración, atribuciones que llevaba a cabo fundamentalmente mediante autos de gobierno y que, en ocasiones, ejercía el presidente a título individual.
La presidencia de la Chancillería sufrió un cambio fundamental en el siglo XIX. Por decreto de 30 de noviembre 1800, Carlos IV dispuso que presidieran las Chancillerías de Valladolid y Granada, así como las Audiencias de Sevilla y Extremadura, los capitanes generales de sus respectivas regiones. Quedaba entonces en manos de militares la presidencia de todas las Audiencias de las coronas de Castilla y Aragón, a excepción de la de Oviedo, pues las Audiencias de Galicia, Canarias, Cataluña, Valencia y Aragón ya las presidían los capitanes generales.
Desde el siglo XVI hubo una alternancia de militares y letrados en la presidencia de las Audiencias de Galicia y Canarias, que obedecía a la necesidad de defender estas zonas. Esta necesidad defensiva explica igualmente que durante la Guerra de las Alpujarras el presidente de la Chancillería de Granada, Pedro de Deza, ejerciera como capitán general del reino. Sin embargo, las razones que llevaron a los capitanes generales a presidir las Audiencias y Chancillerías en los siglos XVIII y XIX no fueron coyunturales, sino que obedecían a dos fenómenos de mayor alcance: la progresiva militarización que se impuso en la monarquía desde el inicio de la centuria ilustrada y el intento de quitar a los tribunales reales ciertas facultades, particularmente las que tenían que ver con el mantenimiento del orden público.
De este modo, durante el siglo XIX el capitán general de la costa presidió el tribunal granadino, salvo en los casos de interinidad, en los que se hizo cargo de la presidencia el segundo cabo o comandante militar que ejercía interinamente el mando en la capitanía. No obstante, el presidente-capitán general desempeñó muy pocas funciones en la Chancillería, pues intervino únicamente en algunas cuestiones gubernativas. Las tareas judiciales que hasta la fecha realizaban los presidentes pasó a ejercerlas un regente. Los regentes fueron siempre letrados, cuya carrera administrativa era prácticamente igual a la de los antiguos presidentes togados del tribunal.

 
Autora: Inés Gómez González

Bibliografía
GAN GIMÉNEZ, Pedro, La Real Chancillería de Granada (1505-1834), Granada, Centro de Estudios Históricos de Granada y su reino, 1988.

GAN GIMÉNEZ, Pedro, “Los presidentes de la Chancillería de Granada en el siglo XVIII”, en Espacio, Tiempo y Forma. Historia Moderna, 4, 1988, pp. 241‑258.

GÓMEZ GONZÁLEZ, Inés, La Justicia, el gobierno y sus hacedores. La Real Chancillería de Granada en el Antiguo Régimen, Granada, Editorial Comares, 2003.


TRASLADADA DE CIUDAD REAL EN 1505, EXISTIÓ HASTA 1834.

Cultura - Gabriel Pozo Felguera 
-Domingo, 21 de Febrero de 2021 

Espléndido reportaje de Gabriel Pozo Felguera que detalla la generación de empleo y riqueza que reportó a Granada la creación por los Reyes Católicos de la Real Chancillería, que funcionó como un Tribunal Supremo del Sur de España, especialmente relacionada con la acreditación de hidalguía. No te pierdas este trabajo sobre el esplendor de una Granada que fue.
Carta ejecutoria de hidalguía de Baltasar de Barahona y Agustina de Moncayo, vecinos de Granada, 1611. El autor de retratos y pinturas es desconocido. 



Además del innumerable personal de la oficina judicial, surgieron cientos de actividades relacionadas con el pergamino, papel, encuadernaciones y la hostelería.
Pintores, iluminadores y escribanos extendieron miles de cartas ejecutorias de hidalguía a infanzones de media España que buscaban privilegios sociales.
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El traslado de la Real Chancillería a Granada en 1505 dio lugar a la creación de un importantísimo foco de riqueza para la ciudad. En torno a ella surgieron una serie de nuevas profesiones, tanto judiciales como auxiliares, que llenaron su círculo de actividad: llegaron magistrados, oidores, funcionarios, procuradores, abogados, escribanos… pero también romanceadores, escriturarios, penduleros, iluminadores de documentos, pintores, pergamineros, papeleros, encuadernadores, doradores, etc., etc. A Granada arribaron ríos de pleiteadores de la mitad Sur de España que contrataron estos servicios, se alojaron en sus posadas y comieron en sus numerosos mesones. El negocio judicial fue boyante entre 1505 y 1834 en que se suprimió la Chancillería y se eliminó la confección artesana de títulos, especialmente, las miles de cartas ejecutorias de hidalguía. Granada fue convertida en un gran polo de desarrollo a comienzos de la edad moderna con la llegada de la Chancillería real. El esplendor judicial mermó hace tiempo, pero nos ha legado verdaderas obras de arte en pergamino y vitela.
Se cumplió plenamente el deseo de los Reyes Católicos de engrandecer a Granada con su Real Chancillería, que entendiera de pleitos del Tajo hacia abajo: En la carta real de constitución del municipio de Granada (20 de septiembre de 1500) escribieron que se ennoblecería a esta ciudad para que “mejor se pueble, es nuestra merced que venga a estar en ella la nuestra corte e chancillería que hoy reside en Ciudad Real”. La Corte vino y no se quedó, pero sí su máximo órgano judicial.

Se cumplió plenamente el deseo de los Reyes Católicos de engrandecer a Granada con su Real Chancillería, que entendiera de pleitos del Tajo hacia abajo.
Desde dos siglos atrás, la única Chancillería que centralizaba todos los asuntos judiciales mayores estuvo ubicada en Valladolid. Era el equivalente al tribunal supremo de entonces. No obstante, los propios Reyes Católicos tenían por costumbre impartir justicia ellos mismos constituidos en máximo órgano judicial. Tal como se venía haciendo por los monarcas desde la alta edad media, un día por semana. España estaba ensanchando y formándose; de ahí que decidieran, en 1494, desdoblar la Chancillería de Valladolid y crear una segunda en Ciudad Real, a la que irían todos los pleitos de enjundia de la mitad Sur de España, es decir, del Tajo hacia abajo. Aquella ubicación de la Chancillería en la Villa Real manchega tuvo una vida efímera, ya que para 1505 fue trasladada a Granada.

Los Reyes Católicos impartiendo justicia en la Corte. Obra de Víctor Manzano Mejorada (1860). PALACIO REAL DE MADRID.


La Chancillería era entendida como una delegación muy personal del monarca de turno, la institución en la que confiaba todo su poder (excepto el militar). El presidente de la Chancillería era una especie de virrey, delegado personalísimo de la Monarquía. La verdadera mano real que rubricaba en su nombre las decisiones; en su mano dejó el sello real que refrendaba y verificaba las decisiones. Y sólo había tres sellos en España: el que tenía el propio monarca en su Corte y los dos de las chancillerías de Valladolid y Granada.

La Chancillería Real fue ubicada inicialmente en el barrio de la Alcazaba, es decir, en el Albayzín. Concretamente en la zona comprendida entre la Plaza de San Miguel Bajo y la Plaza de San Gregorio Bético, en el entorno de la calle San José. Allí ha quedado todavía el topónimo de calle Oidores, en recuerdo de los jueces que deambulaban
La Chancillería Real fue ubicada inicialmente en el barrio de la Alcazaba, es decir, en el Albayzín. Concretamente en la zona comprendida entre la Plaza de San Miguel Bajo y la Plaza de San Gregorio Bético, en el entorno de la calle San José. Allí ha quedado todavía el topónimo de calle Oidores, en recuerdo de los jueces que deambulaban. El primer edificio que tuvo, modesto, fueron unas casas del corregidor Alonso Enríquez (que lo fue entre 1501 y 1508); después se trasladó a otro edificio más grande propiedad del Obispo de Burgos. En esta zona permanecieron las instalaciones judiciales hasta que se habilitaron -pasada la mitad del siglo XVI- las instalaciones de la Real Chancillería en la Plaza Nueva o del Hataibín, mandada construir por aquel corregidor por provisión real de 17 de septiembre de 1505 (dada en Segovia por Juana I).

Real Chancillería, en 1854, en una foto de Cliford. Todavía estaba descubierto el Darro hasta la calle Aire. AHMGR.


No obstante, la residencia y presidencia de la Chancillería también estuvo ubicada un tiempo en el edificio universitario delante de la Curia, donde se reunía en ocasiones el Real Acuerdo (la sala de gobierno). La Chancillería trajo a Granada la escuela de formación del Oficio, estudios de Derecho, y para 1532 propició la fundación de la Universidad.

En el entorno de la Alcaicería, Bibarrambla, Zacatín, Plaza Nueva surgieron pequeñas oficinas o tablas en las que infinidad de especialistas romanceaban (traducían) escrituras de los antiguos árabes, escriturarios que copiaban documentos judiciales, iluminadores y pintores de títulos y cartas de hidalguía.
Alrededor de todo aquel complejo y cada vez más abultado órgano judicial empezaron a crearse los oficios auxiliares, a imagen y semejanza de los que existían en Valladolid. La Chancillería de Granada se convirtió pronto en el tribunal supremo de media Península, con una producción de escrituras, sentencias, cartas, exhortos y ejecutorias que era preciso escribir, incluso imprimir. En el entorno de la Alcaicería, Bibarrambla, Zacatín, Plaza Nueva surgieron pequeñas oficinas o tablas en las que infinidad de especialistas romanceaban (traducían) escrituras de los antiguos árabes, escriturarios que copiaban documentos judiciales, iluminadores y pintores de títulos y cartas de hidalguía.

Privilegio concedido por Carlos V a Andrés González de Huete, de Valdeolivas. Hecho en Granada en 1539, uno de los más antiguos que conserva la Real Chancillería de Granada.


Pero antes de llegar hasta aquellos establecimientos, previamente, surgieron o se potenciaron otros oficios artesanales menos lucidos: los fabricantes de pergamino, los molineros de papel, los plomeros y los encuadernadores. La mayoría de ellos participaban en el proceso de confección de títulos, reales provisiones y, sobre todo, las trabajadas y preciosas cartas ejecutorias de hidalguía.
El proceso de apergaminado era muy complejo y caro; se elaboraba a partir de pieles de cabrito, cordero y vacuno no natos o recién nacidos, las más tiernas y maleables
El pergamino/vitela era el material de escritura considerado más noble, el que se utilizaba para elaborar los documentos de mayor importancia. El proceso de apergaminado era muy complejo y caro; se elaboraba a partir de pieles de cabrito, cordero y vacuno no natos o recién nacidos, las más tiernas y maleables. Las pieles se raspaban de su pelo en las tenerías y lijaban la hipodermis, para dejar solamente la capa de la dermis. Tras el proceso de secado, curtido y estirado, la piel de los pequeños animales había quedado convertida en pergamino sobre el que se fijaban perfectamente las tintas, pigmentos y pan de oro.

Puente del Álamo sobre el Darro, a la altura de la calle Salamanca, según interpretación romántica del pintor François Bossuet (1854). A su lado estuvo la Casa de la Matanza, donde empezaba el curtido de pieles para pergaminos.


Granada era surtida por infinidad de fabricantes de pergamino. No obstante, dentro de la ciudad existía la Casa de la Matanza, una verdadera mina de extracción de pieles. Este establecimiento estuvo ubicado junto al río Darro, al lado mismo del Puente del Álamo (aproximadamente junto a la actual calle Salamanca). Un poco más abajo, al final de la calle Alhóndiga, se situó el matadero municipal, donde empezaba el proceso de curtido de pieles; y ya para el siglo XIX el matadero se trasladó a finales de la calle San Antón (donde hoy está el colegio Genil), para aprovechar el agua de la Acequia Gorda que discurre por encima. También hubo importante actividad de curtido de pergamino a lo largo de la calle Puentezuelas, por donde discurría el ramal derecho de la acequia de Sancti Spiritu.

El papel fue el primer producto más utilizado por la Real Chancillería, en cuanto a cantidad. A partir de 1505 empezaron a proliferar fábricas de papel, tanto en su modalidad de vasto como refinado; hubo molinos de pasta de papel y de blanqueo prácticamente en todos los riachuelos y acequias de las proximidades de Granada.
El papel fue el primer producto más utilizado por la Real Chancillería, en cuanto a cantidad. A partir de 1505 empezaron a proliferar fábricas de papel, tanto en su modalidad de vasto como refinado; hubo molinos de pasta de papel y de blanqueo prácticamente en todos los riachuelos y acequias de las proximidades de Granada: en Huétor Santillán quedan las pilas de un batán papelero; en el río Aguas Blancas, términos de Dúdar y Quéntar, hubo al menos tres; el Blanqueo de Pinos Genil; a lo largo del río Darro hubo varios molinos de papel, desde el Barranco de la Zorra hasta entrada la ciudad; la fuerza de la acequia de San Juan de los Reyes facilitó al menos dos molinos de papel; es mencionado otro en el Paseo de los Colegiales, por encima de la Ermita de San Antón; en varios puntos de las acequias Gorda, del Candil y Romaila. La principal zona industrial de fabricación de papel en la capital fue sin duda la calle Solares, aprovechando la fuerza de la Acequia de la Ciudad, que tomaba un tercio de la Acequia Gorda en el partidor del Arca. Luego esa caída de agua hacia la Bomba propició dos fábricas de papel más, que a principios del siglo XX las explotaba Berta Wilhelmi.
Molino de Sito, junto al arroyo Carchite, a las afueras de Huétor Santillán. Todavía conserva trojes de batido de papel.


Muy importante fue también la fabricación de los discos de plomo para imprimir los sellos pendientes que debía llevar todo documento oficial de alcurnia. El oficio de plomero no se dedicaba sólo a cañerías de agua; también elaboraban discos grandes para colocarlos por encima y por debajo de los fustes de los pilares (para su mejor ajuste, evitar esquirlas y amortiguar terremotos), sino que también hacían los pequeños discos de los sellos pendientes. Las barras de plomo en bruto llegaban, principalmente, de las minas de Linares, aunque también había una pequeña producción en la Alpujarra. Y, finalmente, los últimos en intervenir en el proceso eran los hilvanadores de pliegos y los encuadernadores.

Todos aquellos oficios relacionados con la Real Chancillería han dejado nombre en algunas calles, otras ya desaparecidas.
Todos aquellos oficios relacionados con la Real Chancillería han dejado nombre en algunas calles, otras ya desaparecidas: Oficios, Curtidores, Tenerías, Imprenta, Libreros, Provincias (por estar aquí los cuatro juzgados de Provincia, que entendían de todo pleito en cinco leguas a la redonda de la capital), etc. Buena parte de aquellas tiendecillas estuvieron mezcladas en la Alcaicería, en los extremos de los establecimientos de sedas, dando a las calles Oficios y Libreros.

Plano de la Alcaicería de Tomás López Vargas Machuca (1787). En rojo están marcadas las calles Oficios y Libreros, donde estuvieron ubicados talleres de escribanos de cartas y privilegios. El resto de tiendecillas eran de seda. El círculo rojo marca la casa que hubo delante de la Curia (actual plaza Alonso Cano), donde residió temporalmente la presidencia de la Real Chancillería. AGS



Granada, destino de hidalgos.

La mayoría de viajeros a Granada entre los siglos XVI y principios del XIX tenían como objeto algún asunto relacionado con la Real Chancillería. Escribanos de concejos, picapleitos y, sobre todo, hidalgos llegaban a diario a la ciudad para pleitear por sus derechos o defenderse. Me voy a centrar en los hidalgos en busca de confirmar sus privilegios.

La mayor aspiración de un cristiano o castellano viejo desde el siglo XIV era ser reconocido como noble o hidalgo. Aquel importante estatus social se adquiría por varias vías y méritos
La mayor aspiración de un cristiano o castellano viejo desde el siglo XIV era ser reconocido como noble o hidalgo. Aquel importante estatus social se adquiría por varias vías y méritos: los hidalgos de sangre o solariegos venían de tiempo inmemorial por su linaje y hechos guerreros de sus antepasados; los hidalgos notorios no tenían casa solariega, pero eran reconocidos como tales por sus concejos; los hidalgos de privilegio eran en su mayoría ricos que habían prestado algún servicio económico al rey o comprado el título; finalmente, los hidalgos de ejecutoria, que son  los que lo conseguían mediante pleito. Ser hidalgo acarreaba una serie de privilegios importantes: no se pagaban impuestos y se podía acceder a cargos públicos.
A partir del reinado de Carlos V se acrecentó el deseo de miles de castellanos viejos de reafirmar su condición de hidalgo, es decir, descendiente de los antiguos infanzones. Todo el mundo quería escaquearse de pagar impuestos a su concejo y a la corona; llegó el momento en que no bastaba la tradición o asegurar que le antedecían tres generaciones de hidalgos y ocho apellidos de castellano viejo. Había que demostrarlo, a poder ser con papeles y pruebas contundentes.

Todo el mundo quería escaquearse de pagar impuestos a su concejo y a la corona; llegó el momento en que no bastaba la tradición o asegurar que le antedecían tres generaciones de hidalgos y ocho apellidos de castellano viejo. Había que demostrarlo, a poder ser con papeles y pruebas contundentes
La corona y los concejos del siglo XVI vivían en la ruina permanente, comenzaron a incluir en los censos de pecheros (contribuyentes) a infinidad de castellanos viejos que habían estado exentos hasta entonces. Como no querían pagar, los concejos y recaudadores reales les tomaban bienes en prenda (equivalente a embargos). Ahí comenzaron los largos peregrinajes de miles de supuestos hidalgos castellanos, habitantes del Tajo hacia abajo, en dirección a la Real Chancillería de Granada. Debían pleitear contra sus ayuntamientos para conseguir lo que se llamaba carta ejecutoria de hidalguía. Este documento era una especie de certificado final de un largo, engorroso y costoso proceso judicial mediante el cual el Rey (y en su nombre, la Real Chancillería) certificaba que se era hidalgo, con todos sus derechos y obligaciones. Y ese certificado sólo se expedía en Granada o Valladolid.

Carta de hidalgo de Hernando de Mora Sandoval, de Caravaca, hecha en Granada en 1575. MUSEO LÁZARO GALDIANO.



En el Archivo de la Real Chancillería de Granada sobreviven varios miles de cartas ejecutorias de hidalguía. Son las matrices originales, resúmenes de todo el proceso judicial (que duraba una media de cinco/siete años); incluyen declaraciones de testigos, de escribanos locales, de la Inquisición sobre limpieza de sangre, censos de población de los municipios, partidas de nacimiento, méritos del aspirante a hidalgo, etc. A través de las cartas ejecutorias de hidalguía se pueden conocer aspectos interesantes de la realidad de los municipios, de su economía y de los linajes durante el tiempo en que estuvo activa la Sala de Hidalgos de la Chancillería de Granada (1505-1834).

El proceso se podía iniciar en Granada o en el pueblo del demandante; en cada caso, se desplazaban funcionarios desde Granada a los concejos o los testigos acudían a Granada. La indagatoria comenzaba con la averiguación del linaje por vía masculina, la legitimidad de su nacimiento y su limpieza de sangre. Había que completar favorablemente un detallado cuestionario, avalado por documentos o testigos
La metodología de las cartas ejecutorias de hidalguía varió poco a lo largo de los siglos. El proceso se podía iniciar en Granada o en el pueblo del demandante; en cada caso, se desplazaban funcionarios desde Granada a los concejos o los testigos acudían a Granada. La indagatoria comenzaba con la averiguación del linaje por vía masculina, la legitimidad de su nacimiento y su limpieza de sangre. Había que completar favorablemente un detallado cuestionario, avalado por documentos o testigos.
Durante los varios años que solían durar aquellos procesos judiciales, el trasiego de gente entre todos los puntos de media España y Granada fue incesante. El colofón lo ponía el último viaje del hidalgo a recoger su carta ejecutoria favorable; la costumbre era acudir incluso con toda la familia para que le fuese expedida la primera copia de su título de hidalguía, llamada carta perfecta o copia suntuosa. Ahí empezaba la segunda parte del negocio granadino en torno a la Chancillería: la artística.
El nuevo hidalgo disponía de dos meses para que le elaborasen la copia perfecta, regresara con ella a la Chancillería y el chanciller del Sello procediese a verificarla, firmarla y sellarla.

Verdaderas obras de arte.

Una carta ejecutoria de hidalguía era un documento de enorme poder ante cualquier administración. Presentarlo suponía que, simbólicamente, el Rey ponía la mano sobre la cabeza de un alcalde y le ordenaba acatar los derechos del titular del documento, de él y de toda su descendencia. De ahí que los hidalgos invirtieran buena parte de sus haciendas en que les elaborasen un libro vistoso. Verdaderas obras de arte. Todas las ejecutorias de hidalguía salidas de Granada tienen en su última página una diligencia del ayuntamiento correspondiente en la que se da por enterado, la acata y la hará cumplir.

Las cartas ejecutorias matrices, las que redactaban los escribanos de la Chancillería, están escritas en letra procesal, casi ininteligibles para quienes sabían leer por entonces (Incluso hoy hace falta saber paleografía para interpretarlas)
Las cartas ejecutorias matrices, las que redactaban los escribanos de la Chancillería, están escritas en letra procesal, casi ininteligibles para quienes sabían leer por entonces (Incluso hoy hace falta saber paleografía para interpretarlas). El nuevo hidalgo debía dirigirse a una escribanía de la Alcaicería y contratar la primera copia. Este documento consistía en un libro lujoso hecho en pergamino, el más noble de los soportes de escritura, de entre 90 y 150 páginas. La tipografía que se utilizaba ya era más fácil de entender por todos, letras canonizadas en su mayoría.

Ejecutoria de Alonso de Isla, de Zalamea de la Serena. Granada, 1564. A. R. Ch. GRANADA



Las cuatro páginas anteriores pertenecen a la ejecutoria del hidalgo Arias Pardo de Cela, vecino de Sevilla. Fueron pintados por Diego Gómez, discípulo de Francisco Pacheco. Quizás lo ilustrara en Sevilla, en 1601, para devolverlo a sellar a Granada. Es uno de los de mayor calidad artística. MUSEO LÁZARO GALDIANO



Privilegio de Domingo de la Cotera y su esposa Luisa de la Torre, de Baeza, dibujado en Granada en 1609. En este caso, el soporte es vitela.


En Granada, los artesanos continuaron la tradición medieval mantenida en Valladolid, pero poco a poco fueron enriqueciéndola e introduciendo modas italianas y estilos de pintura de las escuelas sevillana y granadina. El escritulario se limitaba a copiar la carta de hidalguía; junto a él trabajaban una serie de iluminadores, dibujantes, pintores, doradores y miniaturistas. La calidad de los adornos de estos pergaminos dependía de la riqueza o disposición a pagar que tuviera el hidalgo beneficiario: hay verdaderas maravillas y otras que se notan hechas por artistas de menor maestría y, probablemente, a menor precio. (Los más que probables falsificadores de los Libros Plúmbeos del Sacromonte, Alonso del Castillo y Miguel de Luna, poseyeron una oficina de romanceamiento y elaboración de este tipo de documentos de la Real Chancillería).

Todos los talleres de pintores de Granada hicieron trabajos de iluminación y pintado de cartas ejecutorias de hidalguía. Especialmente los aprendices y oficiales más jóvenes de los gremios
Todos los talleres de pintores de Granada hicieron trabajos de iluminación y pintado de cartas ejecutorias de hidalguía. Especialmente los aprendices y oficiales más jóvenes de los gremios. No obstante, los grandes maestros de la pintura granadina de los siglos XVI y XVII también dejaron su mano y su estilo en muchos pergaminos. Obviamente, eran considerados trabajos menores que no se firmaban. Han quedado algunos rastros documentales de grandes pintores que iluminaron cartas de hidalguía; se tiene la certeza de que en los talleres del sevillano Francisco Pacheco fueron iluminados algunos pergaminos por sus alumnos Diego Velázquez y Diego Gómez. También se ve la mano del taller de Murillo en más de un documento de este tipo (Aunque hechos en Sevilla, regresaron a Granada para ponerle el sello real).
En cuanto a Granada, es seguro que los talleres de Juan de Sevilla, Pedro de Raxis y Atanasio Bocanegra acometieron más de una iluminación de carta de hidalguía. Incluso Francisco de Goya iluminó al menos uno de estos títulos.

Distintas calidades. Este es el retrato de Felipe II, cuyo cuadro original estuvo en la Chancillería. Los iluminadores lo copiaban en sus pergaminos, pero con notables interpretaciones. El de la izquierda pertenece al libro de Alonso González de Argüello (1574); el de la derecha, a Cristóbal Méndez de Sotomayor (1575).


Se conservan muchas de las cartas ejecutorias de hidalguía en archivos, museos, colecciones particulares y familias españolas. Las más importantes están en la Biblioteca Nacional, Museo Lázaro Galdiano y Archivo Histórico Nacional. En Granada, la colección más numerosa la tiene el Archivo de la Real Chancillería, de unos cincuenta ejemplares, procedentes de pruebas no recogidas por los pleiteantes o compras de la administración. También la Fundación Carlos Ballesta tiene varias de gran valor.

La inmensa mayoría de estos libros de ejecutorias comenzaban con una pintura en la que aparece el retrato del hidalgo, solo o acompañado de su familia; otras muchas incluían un detalladísimo árbol genealógico, con retratos de sus antepasados
En un periodo tan largo de elaboración y vigencia, los estilos de las cartas ejecutorias de hidalguía fueron evolucionando paralelamente a las modas de la pintura. Se puede concluir que hay ejecutorias de todos los estilos de pintura mayor: renacentistas, manieristas, barrocas, etc. La inmensa mayoría de estos libros de ejecutorias comenzaban con una pintura en la que aparece el retrato del hidalgo, solo o acompañado de su familia; otras muchas incluían un detalladísimo árbol genealógico, con retratos de sus antepasados. Todos los cuadros van orlados con preciosas florituras o marcos muy coloridos. Los colores o vestimentas se van haciendo cada vez más alegres y luminosos a medida que avanza el tiempo. Los retratos de hidalgos son fiel reflejo de la moda de vestir en cada época; se ve claramente hasta cuándo se estuvo usando la gorguera como distinción de clase social.

Seguidamente, solían incluirse varias hojas más con pinturas reales o alegóricas de santos, incluso mitológicas. Al principio retrataron a los hidalgos en oración ante santos locales; a partir de mediados del XVI se incluyó a la Inmaculada como santa protectora; tras la guerra de los moriscos (1568-71), fue introducida la figura de Santiago Matamoros. Todo el lenguaje era de un cuidado simbolismo para resaltar el ancestral catolicismo y pureza de sangre de los hidalgos. Por supuesto que de vez en cuando se insertaban algunas capitulares con miniaturas de los magistrados de la Sala de Hidalgos que habían juzgado el pleito, incluso páginas enteras con el tribunal reunido.

Finalmente, solía incluirse el retrato del rey en cuyo nombre se concedía, firmaba y sellaba la carta ejecutoria de hidalguía.

A veces eran retratados hasta los miembros de la Sala de Hijosdalgo que fallaban favorablemente el pleito. Esta corresponde a los hermanos Pedro y Rodrigo de la Luz, de Villalgordo de Júcar. Fue hecha en Granada en 1579. COLECCIÓN PARTICULAR.




Con aquel manuscrito artesanal en la mano, primera copia de la matriz, ya sólo faltaba que el hidalgo regresara a la Tabla del Sello de la Real Chancillería. El trámite consistía en que el Canciller y sus ayudantes debían cotejar, compulsar, verificar y sellar cada una de las hojas de pergamino al que había sido trasladado el fallo de la sentencia. Y, por supuesto, cobrar los considerables impuestos y precios públicos por todos los trabajos del proceso. Una parte de las costas solía pagarlas el concejo perdedor y la otra, el hidalgo; no obstante, todo el coste de la versión suntuosa lo satisfacía el beneficiario.

Sello de plomo pendiente de Felipe II.



Carta de hidalguía que todavía conserva el sello pendiente de Felipe IV. Perteneció a Juan de las Muelas, de Bolliga (Cuenca). Encuadernado en Granada en 1649.




El último trámite que realizaba el canciller de Granada consistía en colocarle el sello de plomo pendiente de un cordón con los colores de la bandera del monarca de turno. En la Real Chancillería había dos tipos de sellos, según el documento de que se tratara: para el papel normal se empleaba un sello a la cera que quedaba marcado en relieve sobre los documentos; para los sellos pendientes se utilizaban láminas de plomo de unos 7-8 centímetros de diámetro y dos o tres de grosor. Estas láminas eran atravesadas por el cordón y sobre ellas se grababa el sello real mediante una máquina de presión. El resultado era como una gran moneda, impresa por las dos caras, con una figura del rey en la cara y su escudo en la cruz.

La mayoría de las cartas ejecutoras que existen están ya desprovistas de sus sellos pendientes. Quedan algunos ejemplares sueltos y sellos descontextualizados
La mayoría de las cartas ejecutoras que existen están ya desprovistas de sus sellos pendientes. Quedan algunos ejemplares sueltos y sellos descontextualizados. Durante el siglo XIX y principios del XX, una vez abolido este sistema de clases sociales, las ejecutorias dejaron de tener valor administrativo y comenzaron a ser vendidas a anticuarios o a utilizar sus hojas para hacer lámparas coloridas. Los sellos pendientes eran arrancados o se caían en cuanto se pudría la cinta.
El sello era el equivalente a la mano del rey. El canciller disponía de una enorme responsabilidad en la custodia del sello. En la Chancillería había una cámara acorazada, con varias llaves en manos de otras tantas personas, que debían juntarse a la hora de sacarlo, aplicarlos y guardarlo. Además, la cámara acorazada estaba escondida en el sancta sanctorum del edificio, tras tres cancelas de hierro. Jamás nadie pudo acceder al sello real para falsificar un documento. Si alguna vez se hizo, debió ser con la complicidad de aquellos funcionarios.

Los troqueles de los sellos reales eran destruidos públicamente por el presidente de la Chancillería el mismo día que llegaba la noticia del fallecimiento del rey. Se esperaba a que enviaran de Madrid el nuevo troquel, la nueva mano del rey. Sólo se conservan en Granada los troqueles de los dos últimos reyes que delegaron sus poderes en la Real Chancillería: el de Fernando VII, ya que anuló la Constitución de Cádiz a partir de 1814 y volvió al antiguo régimen en la Década Ominosa (1823-33); y también el de Isabel II, que mantuvo este privilegio un breve tiempo entre el inicio de la regencia de su madre y 1834 en que desaparecieron las reales chancillerías y se crearon la audiencias territoriales y provinciales.  Y el polo de desarrollo que mantuvo la Real Chancillería durante más de tres siglos comenzó una cuesta abajo que todavía no ha visto su final.

Muchos manchegos camino de Granada

Entre los miles de pleitos por conseguir la carta ejecutoria de hidalguía que guarda la Real Chancillería de Granada hay de toda procedencia. No obstante, abundan los de municipios de antigua provincia de La Mancha. Poblaciones como Daimiel, Almagro, La Solana, Infantes, Villamanrique, etc. se cuentan por docenas.

Se dan casos de poblaciones de Castilla la Nueva en los que a mediados del siglo XVI había un enorme porcentaje de hidalgos en sus términos municipales
Se dan casos de poblaciones de Castilla la Nueva en los que a mediados del siglo XVI había un enorme porcentaje de hidalgos en sus términos municipales. Es decir, que no aportaban ni un maravedí en concepto de impuesto. Mientras que sí se beneficiaban de cargos de alcaides, alguaciles o fiscales de justicia en representación del estado de hijosdalgo. La abundancia de hidalgos no contribuyentes se puede comprobar en los censos de las Relaciones Topográficas de Felipe II, donde queda patente el abuso.

(En el siguiente enlace se pueden ver las Relaciones de Felipe II: 


Doble pergamino con el árbol genealógico de Juan de Ballesteros Saavedra, de Villanueva de los Infantes. Confeccionado en Granada en 1602.

Voy a poner como ejemplo el caso del hidalgo Alonso González de Argüello, noble de la pequeña localidad de Terrinches (Campo de Montiel, Ciudad Real). La familia de este hombre no pagaba impuestos, hasta que en el censo de 1560 su ayuntamiento decidió incluir a la mayoría de hidalgos y supuestos hidalgos locales en el listado de contribuyentes. Lógicamente, recurrieron a la justicia de la Real Chancillería de Granada. En este caso, el pleito se prolongó desde 1568 hasta enero de 1574 en que consiguió carta ejecutoria de hidalguía. Al año siguiente fue nombrado alcaide de hidalgos de su pueblo.

Recurrieron a la justicia de la Real Chancillería de Granada. En este caso, el pleito se prolongó desde 1568 hasta enero de 1574 en que consiguió carta ejecutoria de hidalguía. Al año siguiente fue nombrado alcaide de hidalgos de su pueblo
En Terrinches había, según el padrón de contribuyentes de 1560, nada menos que 41 hidalgos que no pagaban ningún tipo de impuesto, de un total de 169 vecinos (el 25% estaba exento). A ellos había que sumar tres religiosos y dos docenas de pobres, que tampoco contribuían al erario público.

Las cifras anteriores contrastan con las de Infantes (1.000 vecinos castellanos viejos, 300 vecinos moriscos y 40 hidalgos); o Villamanrique (400 vecinos, 30 moriscos y 20 hidalgos).

Dibujo de la Santísima Trinidad en uno de los pergaminos intermedios del privilegio de González Argüello (1574). ARCHIVO GONZÁLEZ BARBERÁN.




El pleito por la hidalguía de Alonso González de Argüello (antepasado de Vicente González Barberán, quien conserva la carta ejecutoria de hidalguía en su archivo) finalizó con la elaboración de la versión suntuosa en Granada, durante el primer trimestre de 1574. La mayor parte del coste del proceso, incluido el libro lujoso, la pagó el hidalgo, mientras que el concejo también pagó una parte de las costas del juicio.

La elaboración de un libro de ejecutoria en pergamino era carísima
La elaboración de un libro de ejecutoria en pergamino era carísima. Téngase en cuenta que de cada piel de cabrito salía, a lo sumo, un pliego; cada pliego tenía unas dimensiones estandarizadas de 44 por 32,5 centímetros, que servía para escribir o dibujar 4 páginas. Para el caso del libro de Alonso González de Argüello, que consta de 128 páginas, fue necesario utilizar 32 pieles de corderillo. Al coste del pergamino había que añadir la tarea de escritura y pintura, que solía prolongarse otras dos o tres semanas. En suma, aproximadamente una tercera parte del coste del proceso judicial se iba en elaborar el manuscrito de la carta ejecutoria de un hidalgo.
Para que nos hagamos una idea de los beneficios que reportaban los litigantes foráneos a la hostelería de Granada, pongo el caso del hidalgo Alonso González de Argüello. Tan sólo para recoger la sentencia ejecutoria de hidalguía, que le hicieran la copia suntuosa con sus retratos, permaneció en Granada alrededor de un mes: el 15 de diciembre de 1573 la recogió personalmente en la Real Chancillería; los copistas y pintores se la entregaron el 9 de enero de 1574. Una vez pasada por la oficina del Sello, debió partir muy  pronto, ya que el 17 de enero la presentó al concejo de su pueblo, en Terrinches (Campo de Montiel), a unos 220 kilómetros de Granada por el antiguo camino de Granada-Toledo


Isabel de Gutmann 






Isabel de Gutmann (Viena, 6 de enero de 1875 - Vitznau, 28 de septiembre de 1947) fue princesa de Liechtenstein por su matrimonio con Francisco I, príncipe de Liechtenstein.

Biografía

Elisabeth nació en Viena, Imperio austrohúngaro, ella fue hija de Wilhelm Isak, Ritter de Gutmann y de su segunda esposa, Ida Wodianer.3​ Su padre era un judío comerciante de Moravia, su empresa minera y de comercio del carbón, Gebrüder Gutmann,​ tomó una posición de liderazgo en el mercado. Fue nombrado, junto con su hermano y tío de Elsa, por los Habsburgo caballero de la Orden de la Corona Férrea, lo que simultáneamente llevaba aparejado el nombramiento como Ritter hereditario. Esto ocurrió en 1878, en concreto por el emperador Francisco José I. Entre 1891 y 1892 fue Presidente de la Comunidad Israelí de Viena.
Familiarmente, era llamada Elsa.

Matrimonios.

En primeras nupcias, días después de ser bautizada católicamente como Isabel Sarolta, el 1 de febrero de 1899, Isabel se casó en Viena con el barón húngaro Géza Erős de Bethlenfalva (1866-1908),​ pero él murió joven. No tuvieron hijos.
En 1914, en el fondo de ayuda para los soldados, conoció al príncipe Francisco de Liechtenstein (1853-1938). El hermano de éste, el entonces príncipe soberano Juan II no estaba de acuerdo con esta relación. El 11 de febrero de 1929 el príncipe Francisco sucedió a su hermano como Francisco I, ya que su hermano había muerto soltero y sin hijos. En 22 de julio de 1929 Isabel y Francisco I se casaron en la pequeña parroquia de Lainz, cerca de Viena. No tuvieron hijos. 
Su esposa era, como una mujer rica judía de Viena, identificada por las autoridades locales nazis como su "problema". Aunque Liechtenstein no tenía partido oficial nazi, un movimiento de simpatía nazi había sido germinado durante años dentro de su partido Unión Nacional.
Conmemorando el mismo día de su matrimonio, su esposo fundó la Orden del Mérito del Principado de Liechtenstein, un año antes de morir.
Francisco I e Isabel fueron la primera pareja principesca de Liechtenstein que estableció contactos con la población de Liechtenstein y, visitaron el país con regularidad, permaneciendo en Liechtenstein varias semanas al año. Isabel hizo visitas a los enfermos en los hospitales, asistió a las instituciones públicas, y se presentó a los pobres en las aldeas. Por su bondad, ella era muy popular entre la gente, debido a sus cálidas formas en el trato con los demás.​ La Fundación Francisco e Isabel para la Juventud de Liechtenstein todavía existe hoy.
También existió la Fundación Princesa Elsa para hospitales.
A principios de 1938, justo después de la anexión de Austria a la Alemania nazi, a sus 84 años de edad, el príncipe Francisco I abdicó, nombrando a su primo tercero Francisco José, futuro príncipe Francisco José II, de 31 años de edad, como su sucesor.

Últimos años.

Después de la muerte de su segundo marido en 1938, vivió en Semmering Pass, hasta la anexión de Austria a la Alemania nazi se exilió en Suiza, donde murió en Vitznau, donde está situado el lago Lucerna, en 1947.
Ella fue la primera princesa que no fue enterrada en Brno, sino en la nueva cripta real junto a la Catedral de San Florián en Vaduz.

Títulos y estilos.

6 de enero de 1875 - 1 de febrero de 1899: señorita Isabel de Gutmann.
1 de febrero de 1899 - 7 de agosto de 1908: baronesa Isabel Erős de Bethlenfalva.
7 de agosto de 1908 - 22 de julio de 1929: baronesa viuda Isabel Erős de Bethlenfalva.
22 de julio de 1929 - 25 de julio de 1938: Su Alteza Serenísima la princesa consorte de Liechtenstein.
25 de julio 1938 - 28 de septiembre de 1947: Su Alteza Serenísima la princesa Isabel de Liechtenstein.



 Ritter von Gutmann.






Wilhelm Isak Wolf Ritter von Gutmann (18 de agosto de 1826 – 17 de mayo de 1895) fue un empresario austríaco. Fundó y dirigió la mayor empresa de carbón de Austria-Hungría , fue nombrado noble en 1878 y fue presidente de la Comunidad Israelita de Viena entre 1891 y 1892.
Wilhelm Gutmann procedía de una distinguida familia de judíos de Lipník . Su padre se dedicaba al comercio de textiles. Wilhelm estudió teología en Hungría, pero no le interesaba demasiado, por lo que empezó a trabajar como educador y, más tarde, como asistente administrativo superior en una cervecería agrícola con un pariente lejano. Después se independizó y empezó a comerciar con cereales, pero volvió a fracasar. Todo le fue mejorando hasta que empezó a comerciar con yeso. Más tarde, comerciando con carbón, se hizo rico.

Familia



Escudo de Gutmann

Wilhelm Gutmann se casó en primera vez con Leonor Latzko (1827-1867), con quien tuvo cuatro hijos: Berthold (1856-1932), Max von Gutmann (1857-1930) y Rosa (1862-1930). Tras la temprana muerte de su primera esposa, se casó con Ida Wodianer (1847-1924), hija del impresor, editor y terrateniente Philipp Wodianer (1820-1899). Con ella tuvo cuatro hijos: Marianne (1871-1956), Moritz (1872-1934), Elizabeth (1875-1947) y Rudolf (1880-1966). 
 
Su hija Elisabeth se casó en 1929 con el príncipe Francisco I de Liechtenstein (1853-1938), convirtiéndose así en la princesa consorte de Liechtenstein . La hermana mayor, Marianne, se casó con el sionista inglés Sir Francis Abraham Montefiore (1860-1935), convirtiéndose así en Lady Montefiore .

GUTMANN, WILHELM, RITTER VON:
Por: Isidore Singer y Franklin S. Wilson

Comerciante y filántropo austríaco; nació en Leipnik, Moravia, el 18 de agosto de 1825; murió en Viena el 17 de mayo de 1895. Destinado a ser maestro, la muerte inesperada de su padre le obligó a dedicarse al comercio para mantener a su madre y a sus dos hijos menores. El resultado de su primera aventura fue un fracaso total y los ahorros de sus padres se perdieron por completo. Como gerente de una fábrica de cal, su atención se centró en los yacimientos de carbón de Silesia y planeó su desarrollo. 
En 1853, él y su hermano David establecieron la empresa que, durante la guerra de 1859-60, a pesar de las dificultades que rodeaban entonces a las empresas comerciales, suministró carbón para todos los ferrocarriles, para todas las grandes fábricas del imperio y para las ciudades de Viena, Budapest y Brünn. En 1865, los hermanos Gutmann arrendaron algunas minas de carbón a los Rothschild y adquirieron en su totalidad otras valiosas propiedades carboníferas en Silesia, Galicia y Hungría. La estrecha relación entre el carbón y la producción de hierro llevó fácilmente a los Gutmann a combinar sus intereses con la siderurgia de Witkowitz, que más tarde poseyeron en conjunto con los Rothschild y los condes Larisch y Andrassy. Junto con Kuffner construyeron (1871) la primera fábrica de azúcar de Austria.
En el terreno de la filantropía, Gutmann mostró no menos entusiasmo y actividad que en el terreno empresarial. Numerosas instituciones para el cuidado de los pobres y los enfermos deben su fundación únicamente a él o están obligadas a su generosa beneficencia. Entre ellas, cabe mencionar: el orfanato de niñas en Döbling, fundado por los hermanos Wilhelm y David y dotado con 300.000 florines (120.000 dólares); un hospital para niños con cincuenta camas en la Policlínica de Viena, a cuya organización también se dieron 60.000 florines (24.000 dólares) para la construcción de las instalaciones. También fundaron un hospital en Krems, que acoge a 60 lisiados.
Wilhelm von Gutmann fue elegido miembro de la Dieta de la Baja Austria, donde impulsó la reforma de la ley de pobres. La comunidad le confirió sus más altos honores. Ocupó los cargos de presidente de la comunidad (1890-92) y del Seminario Teológico Judío. A través de una hija de un segundo matrimonio se convirtió en suegro de Sir Francis Montefiore. En su testamento dejó 200.000 florines (80.000 dólares), cuyos intereses se dividirían a partes iguales entre los judíos y cristianos indigentes de Viena. Gutmann fue delegado de la Cámara de Comercio de Viena en la Dieta de la Baja Austria y ciudadano honorario de Liepnik y Mährisch-Ostrau.

El castillo de Tovačov.

castillo.

castillo.


La zona de Tovačov es famosa por sus lagos y estanques.  Según la leyenda, el castillo fue fundado en el siglo XI como finca de caza y en el siglo XIV comenzó su transformación renacentista hasta alcanzar su forma actual. En el ala izquierda del castillo se encuentra una réplica de la escalera de la Ópera de Viena y también merece la pena ver la sala de los caballeros y la sala de la corte.
El castillo está rodeado por la misteriosa leyenda de la Dama Negra , que aparece de vez en cuando y busca a sus hijos en el Jardín Negro. El lugar es un antiguo cementerio del castillo y hay una cripta inexplorada a una profundidad de unos 8 metros. Se dice que la Dama Negra es doña Maximiliana Manríquez de Lara, la esposa del antiguo señor del castillo, Vratislav de Pernštejn. Se dice que el matrimonio tuvo 22 hijos, pero solo 7 de ellos sobrevivieron hasta la edad adulta.


Bibliografía:
Crónica judía, 24 de mayo de 1895;
Wiedmann, Festschrift Anlässlich des Vierzigjährigen Geschäftsjubiläums des Hauses Gutmann

Lipník nad Bečvou es una localidad del distrito de Přerov, en la región de Olomouc, República Checa. Tiene una población estimada, a principios del año 2021, de 7953 habitantes.

Ostrava ( en silesio: Uostrawa, en polaco: Ostrawa, en alemán: Mährisch-Ostrau) es una ciudad situada en la zona noreste de la República Checa, cerca de la confluencia de los ríos Óder y Ostravice. La ciudad es capital de la región de Moravia-Silesia (Moravskoslezský kraj). Tiene una población aproximada de 326 303 habitantes (1994), lo que la convierte en la tercera ciudad más poblada del país (tras Praga y Brno). 
Fue fundada por el obispo de Olomouc a finales del siglo XIII para defender la zona del ataque de los invasores procedentes del norte.

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