Juristas ingleses. |
Thomas Baty |
(8 de febrero de 1869 - 9 de febrero de 1954) fue un abogado británico y experto en derecho internacional que pasó gran parte de su carrera trabajando para el gobierno imperial japonés . La vida y la carrera académica Nació en Stanwix, Cumberland , Reino Unido en una familia de clase media. En la escuela, él era un estudiante muy talentoso y se le otorgó una beca para estudiar en el Queen's College de la Universidad de Oxford. Ingresó a ese establecimiento en 1888, y obtuvo su licenciatura en Jurisprudencia en 1892. En junio de 1901 recibió el grado de LL.M. de Trinity College, Universidad Cambridge. Obtuvo su DCL de Oxford en 1901 y su LL.D. de Cambridge en 1903. Su experiencia estaba en el campo del derecho internacional. Enseñó derecho en las universidades de Nottingham, Oxford, Londres y Liverpool. En ese momento, se convirtió en un prolífico escritor de derecho internacional. Tras el estallido de la Primera Guerra Mundial , Baty participó en el establecimiento de la Sociedad Hugo Grotius , establecida en Londres en 1915. Como uno de los miembros originales de esa sociedad, Baty conoció a Isaburo Yoshida, Segundo Secretario de la Embajada de Japón. en Londres y un académico de derecho internacional de la escuela de posgrado de la Universidad Imperial de Tokio . Asesor jurídico de ministerio de Relaciones Exteriores de Japón El gobierno japonés estaba buscando en ese momento a un asesor legal extranjero después de la muerte de Henry Willard Denison , un ciudadano estadounidense que ocupó ese cargo hasta su muerte en 1914. Baty solicitó ese cargo en febrero de 1915. El gobierno japonés aceptó su solicitud. y llegó a Tokio en mayo de 1916 para comenzar su trabajo. En 1920 recibió la Orden Imperial del Tesoro Sagrado , 3er grado, por su servicio como asesor legal. Renovó sus contratos de trabajo con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Japón varias veces, hasta que en 1928 se convirtió en empleado permanente de ese ministerio. En 1936 fue galardonado con la Orden Imperial del Sagrado Tesoro, segundo grado. Durante su trabajo para el gobierno japonés, Baty desarrolló la noción de que China no era digna de ser reconocida como un estado según el derecho internacional, una visión que luego se usó para justificar la invasión de China. En 1927, formó parte de la delegación japonesa en la Conferencia Naval de Ginebra sobre desarme. Esta fue su única aparición pública como asesor legal del gobierno japonés, ya que el resto de su trabajo consistió principalmente en escribir opiniones legales. En 1932, tras la invasión japonesa del norte de China y la formación de Manchukuo , Baty defendió la posición japonesa en la Liga de las Naciones y llamó a aceptar el nuevo estado de membresía de la liga. También escribió opiniones legales en defensa de la invasión japonesa de China en 1937. Segunda guerra mundial En julio de 1941, el gobierno japonés congeló los activos de los extranjeros que residían en Japón o cualquiera de sus posesiones coloniales en represalia por el mismo movimiento contra los activos japoneses en los EE. UU., Pero Baty estaba exento de esto debido a su servicio al gobierno japonés. Baty decidió permanecer en Japón incluso después del estallido de la guerra entre ese país y el Imperio Británico en diciembre de 1941. Rechazó los esfuerzos de la Embajada británica para repatriarlo de regreso a su país y siguió trabajando para el gobierno japonés incluso durante la guerra.El había recibido el salario mensual comienzo de la década de 1940 costaba unos 3.000 yenes. Además, tenía el beneficio de una casa, secretaria personal, sirvientes y una situación de alta sociedad del Japón. El trabajador asalariado promedio tenía un ingreso de 114 yenes al mes.El salario de Baty podría cubrir los gastos del matrimonio de casi seis parejas por un año con tales gastos con un promedio de cerca de 500 yenes. Defendió la política japonesa de conquista como un remedio para el colonialismo occidental en Asia. A fines de 1944, cuestionó la legitimidad de los gobiernos pro aliados establecidos después del fin de la ocupación alemana en Bélgica y Francia. Tras la rendición japonesa en 1945, el Ministerio de Asuntos Exteriores británico estaba considerando acusar a Baty de traición, pero la Oficina Central de Enlace (una agencia del gobierno británico que opera en Japón) emitió una opinión que afirmaba que la participación de Baty en el gobierno japonés durante la guerra era insignificante. Además, algunos asesores legales dentro del gobierno británico protegieron a Baty de un posible enjuiciamiento por el hecho de que era demasiado viejo para ser juzgado. En cambio, el gobierno británico decidió revocar la nacionalidad británica de Baty y dejarlo en Japón. Murió en Ichinomiya, Prefectura de Chiba , Japón, el 9 de febrero de 1954. Una persona importante en su vida fue su hermana, quien fue con él a Japón en 1916 y vivió con él hasta su muerte en 1944. La filosofía del derecho La filosofía legal de Baty evolucionó mientras trabajaba para el gobierno japonés y fue diseñada para justificar las acciones japonesas de invadir la soberanía de China. Su argumento principal fue que el reconocimiento de los estados debe depender de un solo factor: el control efectivo por parte de las fuerzas militares y de seguridad del gobierno sobre el territorio del estado, y no de definiciones preconcebidas de lo que debería ser el estado. Por esa razón, se opuso al procedimiento de reconocimiento de facto , alegando que solo debe usarse el reconocimiento definitivo e irrevocable, y acusando a la comunidad internacional occidental de hipocresía por utilizar el reconocimiento de facto como un medio para permitir algunas transacciones con gobiernos de estados hostiles. para ellos sin hacer el compromiso definitivo de aceptarlos plenamente en la familia de las naciones. Trabajos Books International Law in South Africa (1900) International Law (1909) War: Its Conduct and Legal Results (New York: E. P. Dutton and Co. 1915) co-author with John H. Morgan The Canons of International Law (London: John Murray 1930) International Law in Twilight (Tokyo: Maruzen 1954) Alone in Japan (Tokyo: Maruzen, 1959), memoirs In 1909 under the pen-name of Irene Clyde, he published Beatrice the Sixteenth[6] Articles "Can an Anarchy be a State?" American Journal of International Law, Vol. 28, No. 3 (Jul., 1934), pp. 444–455 "Abuse of Terms: 'Recognition': 'War' " American Journal of International Law, Vol. 30, No. 3 (Jul., 1936), pp. 377–399 (advocating the recognition of Manchukuo) "The 'Private International Law' of Japan" Monumenta Nipponica, Vol. 2, No. 2 (Jul., 1939), pp. 386–408 "The Literary Introduction of Japan to Europe" Monumenta Nipponica, Vol. 7, No. 1/2 (1951), pp. 24–39, Vol. 8, No. 1/2 (1952), pp. 15–46, Vol. 9, No. 1/2 (1953), pp. 62–82 and Vol. 10, No. 1/2 (1954), pp. 65–80 |
Sir Robert Joseph Phillimore, 1º Baronet |
(5 de noviembre de 1810 - 4 de febrero de 1885), fue un juez y político inglés. Fue el último juez del Tribunal Superior de Almirantazgo de 1867 a 1875 que puso fin a una oficina que había durado casi 400 años. Nacido en Whitehall , fue el tercer hijo de Joseph Phillimore , un conocido abogado eclesiástico . Educado en Westminster School y Christ Church, Oxford , donde comenzó una amistad de por vida con WE Gladstone , su primera cita fue para un puesto en la junta de control, donde permaneció desde 1832 hasta 1835. Admitido como abogado en Doctors 'Commons en 1839 , fue llamado a la barra en el Templo Medio. En 1841, y se levantó muy rápidamente en su profesión. Fue contratado como abogado en casi todos los casos de importancia que se presentaron ante los tribunales del almirantazgo, sucesiones o divorcios, y se convirtió sucesivamente en maestro de facultades, comisario de los decanos y capítulos de la catedral de San Pablo y la catedral de Westminster , funcionario de las diáconos del arco de Middlesex y Londres, y canciller de las diócesis de Chichester y Salisbury.
En 1853, ingresó a la Cámara de los Comunes como miembro del Parlamento por Tavistock . Un moderado en política, sus energías estaban dedicadas a medidas no partidarias, y en 1854 presentó el proyecto de ley para permitir la evidencia viva en las cortes eclesiásticas. Se sentó para Tavistock hasta 1857, cuando se ofreció a sí mismo como candidato para Coventry , pero fue derrotado. Fue nombrado juez de los puertos de Cinque en 1855, consejero de la reina en 1858 y abogado general en el Almirantazgo en 1862. En 1867, fue jurado miembro del Consejo Privado y tomó su lugar como miembro del Comité Judicial. Como miembro del Comité Judicial, una de sus decisiones más notables fue en el caso Guibord , en relación con las relaciones entre la iglesia y el estado en Canadá. En 1875, de acuerdo con la Ley de regulación de la adoración pública de 1874 , renunció y le sucedió a Lord Penzance . Cuando la Ley de la Judicatura entró en vigor, los poderes del tribunal del Almirantazgo se transfirieron al Tribunal Superior de Justicia, y Sir Robert Phillimore fue, por lo tanto, el último juez del tribunal histórico del lord Alto Almirantazgo de Inglaterra. Continuó como juez de la nueva división de almirantazgo, sucesiones y divorcios hasta 1883, cuando renunció. Escribió Derecho Eclesiástico de la Iglesia de Inglaterra , Comentarios a la ley internacional , y una traducción de Gotthold Ephraim Lessing 's Laokoon . Se casó, en 1844, con Charlotte Anne, hija de John Denison de Ossington Hall, Newark. Fue nombrado caballero en 1862, y creó un baronet en 1881. Murió en Shiplake , cerca de Henley-on-Thames , el 4 de febrero de 1885. Su hijo mayor, Walter , también se distinguió como una autoridad en derecho eclesiástico, y derecho del almirantazgo(Marítimo), se convirtió en juez del tribunal superior en 1897 y fue elevado a la categoría de barón Phillimore en 1918. |
Algunas curiosidades del ‘trust’ bajo el derecho de Inglaterra y Gales. |
Brewster’s Millions es una de esas divertidas comedias clásicas de posguerra, donde nuestro protagonista, Montague L. Brewster, es un soldado quien tras luchar durante la Segunda Guerra Mundial, vuelve a casa con la firme voluntad de casarse con su adorada novia Peggy. La cuestión es que, justo en la víspera de la boda, el joven recibe la extraña visita de un abogado que le informa de que ha sido agraciado como heredero de una enorme fortuna de su difunto tío James, al que apenas conoció en vida. Como todo en esta vida, no es tan sencillo ya que el tío James era un cachondo y algo cabroncete, por lo que decidió establecer un ‘trust’ hereditario con una serie de condiciones para que su sobrino pudiera heredar toda esa pasta. Y es que, para recibir los suculentos 8 millones de libras (9.407.935 euros), Brewster debe gastarse primero un millón de pavos, que forma parte de dicha herencia, antes de cumplir los 30 años, edad que alcanzará el mes siguiente. Lo más complicado de todo es que no puede quedarse con nada de ese millón, ni contarle a nadie al respecto, debiendo guardar la más estricta confidencialidad. Un tanto escéptico pero sin muchas otras opciones, Brewster acepta el desafío. Así que decidido a cumplir con esta extravagante cláusula, con ese capital monta su propia empresa de inversiones, Brewster & Co, contratando a sus viejos camaradas de armas como vicepresidentes de la compañía y a Peggy como su secretaria personal. Con semejante tropa parece que el desastre empresarial está cantado. Pero para su sorpresa cada uno de los esfuerzos para llevar a la empresa a la ruina se convierte en un éxito rotundo y lucrativo, alejándose de su objetivo de quedarse sin un duro. En fin, no les voy a destripar la película pero está claro que, como hemos visto en numerosas ocasiones, esto del ‘trust’ es algo bastante particular del derecho inglés y de sus derivaciones a otros países, lo que lleva a historias semejantes a la de esta vieja película de 1945. ¡Ah, el glorioso ‘trust’, institución tan conocida a este lado del canal como esotérica para el continente, sobre todo cuando se sitúa en algunas lejanas orillas del Caribe. Pero esta maravilla del derecho anglosajón no nació de la noche a la mañana ya que su origen se remonta al menos a la Edad Media, específicamente a la venerable ‘Chancery Court’, un tribunal que seguía un conjunto de reglas flexibles para esquivar la lentitud y la rigidez del derecho ordinario. Como veremos, la ‘Chancery’ tenía jurisdicción sobre todos los asuntos de ‘trusts’, los derechos sobre las tierras y la administración de herencias, entre otros divertidos asuntos, derivándose en una interesante práctica debido a los follones que se montaban ante ese tribunal. PERO ENTONCES, ¿DE DÓNDE SALE ESTO DEL ‘TRUST’? Pues miren, durante esos tiempos del Medievo, el personal no se iba de vacaciones a Marina d’Or sino de cruzadas a Jerusalén, lo que conllevaba que el propietario de un patrimonio estuviera lejos de su casa durante bastantes años, guerreando a diestro y siniestro. Imaginemos por ejemplo a un terrateniente inglés, un noble caballero que decide dejar su hogar para unirse a sus amigotes e irse de luchas contra los infieles en Tierra Santa, que era lo que estaba de moda y así además no estorbaban por casa. La cuestión es que como este valiente guerrero era también previsor, para no dejar sus tierras desatendidas cedía la propiedad a alguien de confianza para que las gestionara, incluidos los impuestos feudales, que Hacienda somos todos y tal. Pero eso sí, con la seria promesa de que el amigo se las devolvería al regresar de las Cruzadas. Sin embargo, como bien sabemos, la confianza da asco y quien parecía ser un amigo, en realidad era un cuñado pero que con muy malas intenciones. Y así al volver, muchos cruzados se encontraban que el fiel amigo era ahora un aprovechado oportunista, se negaba a cumplir su palabra y si te he visto no me acuerdo. Aquí es precisamente donde empieza nuestra particular historia de justicia y equidad en Inglaterra, ya que una cosa es darle cera al sarraceno en Tierra Santa y otra muy distinta es que te la quieran colar par le derrière. DERECHO Y EQUIDAD EN LA INGLATERRA MEDIEVAL Así que, con todo este percal, ¿qué hicieron entonces los pobres guerreros engañados? Pues si bien podrían haber constituido una plataforma de cruzados afectados por prácticas abusivas, en realidad se fueron directos a ver al Rey para que solucionara todo este pollo. Pero claro, como las cosas de palacio van despacio y la corte debía parecerse más a un juzgado de cláusulas suelo que a unas estancias regias, el buen rey decidió que ya estaba hasta la corona. En un ataque de lucidez -desconocemos si apresurado por la Reina- el monarca derivó las reclamaciones a su Lord Canciller para que fuera este quien aguantara a partir de entonces la chapa de los cruzados. Así que trasladados los expedientes con los carros del Mercadona a las dependencias del Lord Canciller, le tocó a este empezar a resolver los numerosos casos que se amontonaban en su mesa. Imagínense el panorama que se le venía encima. Y según parece, como este hombre tenía más sentido común que conocimientos de derecho, empezó a resolver según lo que le parecía más adecuado, aligerando los temas con pasmosa rapidez. Es decir, decidía lo que era “justo” y “equitativo”, según su noble conciencia. Y así, amigos míos, es como nació en Inglaterra el principio de equidad, (‘Equity’). Es decir, decisiones basadas en justicia material del caso y no en el derecho puro y duro, lo que dará posteriormente a la importante distinción entre la ‘Equity’ y el ‘common law’, hoy ya prácticamente desaparecida. Y claro está, lo justo era que al cruzado le devolvieran su tierra y su patrimonio. De esta manera, la corte del Lord Canciller, la famosa ‘Chancery’, se hizo conocida por proteger los derechos de los cruzados, obligando al propietario según el derecho a devolver las tierras a su legítimo dueño según la equidad. Como curiosidad, la ‘Equity’ siguió a su rollo, llegando a permitir que dos personas tuvieran intereses en un mismo terruño al mismo tiempo y bajo dos sistemas distintos. Así, por un lado, tendríamos al cruzado y propietario por la ‘Equity’ y reconocido únicamente por el tribunal de la ‘Chancery’. Y por el otro, el propietario bajo el derecho ordinario, quien gestionaría la tierra en ausencia del primero. A partir de entonces, el ‘Lord Chancellor’ fue el tipo más popular en Inglaterra ya que solía fallar a favor del cruzado que regresaba, surgiendo el principio de que el propietario según el derecho debía conservar la tierra en beneficio del propietario original y hasta que éste volviera. |
Bueno, pues como vimos la semana pasada, en la Inglaterra del medievo se produjo un importante cambio por el cual sobre el patrimonio del noble podría llegar a coexistir dos titularidades distintas. Por un lado estaba la del propio cruzado, como propietario original del terruño y, por otro, la titularidad del amigo de confianza, quien estaba obligado a devolverlo al guerrero a su retorno, según lo que había señalado el tribunal de la ‘Chancery’ en sus decisiones. Precisamente de esa relación de confianza le viene la casta al galgo, ya que en lengua inglesa ‘trust’ es confiar y esa figura jurídica de protección del patrimonio basada en la confianza tomó ese mismo nombre, siendo conocida a partir de entonces simplemente como ‘trust’, evolucionando hasta nuestros días. De tal manera, al amigo de confianza se le denominaría a partir de entonces “trustee”, porque era a quien el cruzado confiaba y cedía el caudal, debiendo custodiarlo celosamente para que, cuando el propietario original retornara de la guerra, se lo devolviera. A su vez, el propio cruzado o incluso sus herederos serían los ‘beneficiaries’, es decir, aquellos a quienes se les debía devolver el patrimonio, como venía diciendo el Lord Chancellor en sus decisiones de equidad. Y así es como el ‘trust’ surgió en Inglaterra para asegurar la devolución del patrimonio, logrando la justicia material en el caso concreto, interés que ha caracterizado al sistema inglés frente al continental, más preocupado por cumplir con la papeleta que con el resultado. Por eso, desde la Edad Media hasta la actualidad, el ‘trust’ sigue reproduciendo el mismo esquema, donde la persona que originalmente posee la propiedad, el ‘settlor’, transfiere al ‘trustee’ la propiedad de los bienes, ya sean acciones, terrenos, dinero o las joyas de la abuela. A su vez, el ‘trustee’ tendrá la obligación de custodiar esos bienes, generalmente con unas instrucciones específicas sobre cómo debe gestionarlos o qué condiciones deben cumplirse para que los ‘beneficiaries’ puedan llegar a alcanzar la plena propiedad legal de los bienes. Lógicamente, el ‘trust’ se fue desarrollando bajo la práctica de los tribunales del ‘common law’, resultando especialmente atractivo para el ámbito mercantil y de las sucesiones, dadas sus excelentes virtudes como tendremos ocasión de ver hoy. Y es que los ‘trusts’ también se pueden crear para reinar después de muerto y así fastidiar de paso a los que se quedan en este valle de lágrimas. Para ello, es habitual en el derecho anglosajón que en el ‘trust’ testamentario se nombre, por ejemplo, al abogado de la familia como ‘trustee’. A partir de entonces, este abogado se convertirá en el guardián del patrimonio del ‘settlor’, encargándose de gestionar los bienes y asegurarse de que lleguen a los ‘beneficiaries’ tal como lo planeó el testador en sus últimas voluntades. Este es precisamente el primer asunto que trataremos, el curioso caso del juez Robert Mandelbaum en el que veremos cómo se confirma que a los ‘trusts’ testamentarios los carga el diablo. EL ‘TRUST’ TESTAMENTARIO DE UN PADRE A LA VIEJA USANZA Este caso nos lleva al otro lado del charco, concretamente a Nueva York, donde encontramos al empresario Frank Mandelbaum. Madelbaum es un tipo exitoso en el sector de las tecnologías, habiendo alcanzado la presidencia de Intelli-Check, Inc., una conocida compañía de software que verifica la autenticidad de los permisos de conducir y otras formas de identificación en el país ya que carecen de DNI. Pues bien, el bueno de Frank fallece en 2007 y además de una esquela pagada en el New York Times, deja un enorme patrimonio multimillonario a través de un ‘trust’, instituyendo como felices beneficiarios a su familia, entre los que se encuentra incluida su amada viuda, y el juez Robert Mandelbaum. La cuestión es que, abierto el testamento, entre las condiciones del ‘trust’ establecidas por el viejo Frank, se encuentran una serie de exigencias que generarán un importante pifostio con bastante morbo y que será la comidilla de la alta sociedad neoyorkina. Y es que en Manhattan, como en cualquier pueblo que se precie, se practica con entusiasmo el noble arte del chafardeo y de rajar del personal en cuanto hay la más mínima ocasión. Resulta que el querido y traspasado padre era también bastante cabroncete, ya que estableció una serie de mecanismos que afectaban directamente a su hijo Robert, para poder heredar bajo los términos del ‘trust’ constituido por su padre. De entrada, el ‘trust’ testamentario pasaba directamente de sus hijos y establecía como beneficiarios de la portentosa herencia a su viuda y a sus nietos, de tal manera que serían estos los beneficiarios del inmenso pastón del yayo. Pero es que además, según el testamento, solo podrían heredar los nietos si sus progenitores estaban casados por los ritos tradicionales en el momento del nacimiento del niño. UN TESTAMENTO CON CONDICIONES UN TANTO ESPECIALES Claro, esto planteaba un serio dilema para Robert, quien era abiertamente gay y además estaba casado con su pareja, un señor llamado Jonathan. Además, esta pareja había tenido efectivamente un hijo pero lógicamente a través de una gestación subrogada. Así que el chaval estaba en riesgo de ser excluido de los beneficios del generoso ‘trust’ por la condición impuesta por su abuelito, al que me imagino que en vida no le daría ni un Werther’s Original. Claro está, para cumplir con las condiciones establecidas en el testamento, Robert debería primero divorciarse de su marido para después casarse con la madre biológica del niño, ceremonia que seguramente recordaría más a un ‘sketch’ de Los Morancos que a un sacramento. Así que, viendo el percal, Robert decidió impugnar el ‘trust’ y el testamento en nombre de su hijo ante los tribunales de Nueva York solicitando la invalidez de la condición ya que era abiertamente discriminatoria e incluso podría “inducir al beneficiario a contraer un matrimonio de conveniencia”. El problema estaba en que la voluntad del fallecido siempre va a misa, nunca mejor dicho, siendo aceptado por el derecho anglosajón que los testadores puedan rechazar a posibles beneficiarios del ‘trust’, ya sea porque tienen dos padres del mismo sexo, como en este caso, o porque se casaron con alguien de otra etnia o cualquier otra razón que pueda parecer directamente racista, abusiva o directamente absurda. Y es que como aquel viejo cruzado en la Inglaterra Medieval, Frank Mandelbaum podía hacer con su patrimonio lo que le viniera en su realísima gana. ¿Qué es lo que resolverían los tribunales acerca del ‘trust’? ¿Aceptarían las condiciones del viejo Frank o permitirían al chaval que heredara la pasta de papuchi?. |
Bueno, pues como les decía, esto del ‘trust’ fue evolucionando con el tiempo y viendo su potencial en el ámbito empresarial, sucedió que a finales del siglo XIX se juntaron en los Estados Unidos el hambre y las ganas de comer. Pues sí, durante esos tiempos de rapidísima industrialización y crecimiento económico, algunos vieron en esta antigua institución inglesa un medio fantástico para imponerse en el boyante mercado norteamericano. ¿Y cómo se lo montaban? Pues de maravilla, oigan. Para ello varias empresas, por ejemplo dedicadas al petróleo, acordaban transferir sus acciones a un ‘trust’ donde el ‘trustee’ -el amigo de confianza del cruzado, recuerden- administraba las compañías como si fueran una sola entidad. Así, aunque en el mercado aparecían como empresas distintas que funcionaban de forma independiente, en realidad sus acciones estaban manejadas a través de esos ‘trustees’, creando un oligopolio del copón y además, protegido de las celosas miradas del regulador gracias a la opacidad que ofrecía el ‘trust’. Mediante este invento medieval inglés, los gigantes empresariales de copa, café y Cohíba podían controlar los precios a placer, devorando a la competencia y maximizando los beneficios. La cuestión es que, lógicamente, la fiesta estaba llegando a unos niveles en los que la coctelera acabó saltando por los aires, siendo seguramente el caso del Standard Oil Trust el más famoso de todos. Mediante este invento medieval inglés, los gigantes empresariales de copa, café y Cohíba podían controlar los precios a placer, devorando a la competencia y maximizando los beneficios Resulta que Rockefeller -no el muñeco de José Luis Moreno, sino el magnate yanqui- había montado un ‘trust’ en el que, siguiendo ese mismo modelo, varias compañías petroleras habían transferido sus acciones a un pequeño grupo de ‘trustees’, que no dejaban de ser ellos mismos, y a vivir que son dos días. Total que al poco tiempo y gracias a este sistema de colusión empresarial, Rockefeller y sus coleguis habían logrado acaparar casi el 90% del mercado del refinado petrolero en los Estados Unidos. Que no es decir mucha sino muchísima, muchísima pasta. Y así, mientras en España todavía se debatía si aprobar el Código Civil o no, en los Estados Unidos nacía el derecho para combatir el uso del ‘trust’ como herramienta para eliminar a la competencia, siendo el mejor ejemplo de ello la famosa ‘Sherman Antitrust Act’ de 1890. Por este motivo, en el mundo anglosajón, a las leyes de defensa de la competencia se las conoce precisamente como leyes ‘antitrust’, ya que se utilizaba a esta institución para crear nuevos monopolios en los Estados Unidos. Como curiosidad, al ‘trust’ de Rockefeller y su portentosa camarilla se lo cepillaron mediante la famosa sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Standard Oil Co. of New Jersey v. United States, 221 U.S. 1 de 1911. De hecho, esta decisión daría lugar a la mayor diáspora del petróleo yanqui en treinta y tantas compañías, entre las que aún rondan algunas tan importantes como Exxon, Mobil o Chevron, entre otras. En fin. Ahora les sigo contando el famoso caso de la familia Mandelbaum. A VUELTAS CON EL CURIOSO TESTAMENTO DE FRANK MANDELBAUM Recordemos que el viejo Frank Mandelbaum, un tipo bastante particular, había constituido un ‘trust’ hereditario con todo su patrimonio. Pero había dejado escrito en su testamento su firme voluntad de excluir a su nieto Cooper si el padre del chaval, Robert Mandelbaum, no se casaba antes con la madre biológica del niño. El problema es que Robert era más de caracoles que de ostras, como diría Marco Licinio Craso. Sin duda, la intención de Frank Mandelbaum era aprovechar su herencia establecida mediante un ‘trust’ para tratar de cambiar nada menos que la orientación sexual de su hijo. Y es que este hombre, como muchos otros padres, había considerado que la distribución de sus bienes a través de un ‘trust’ sucesorio era la última oportunidad que tendrían para influir sobre sus vástagos y que volvieran al recto sendero. Tengan en cuenta además que, a diferencia de los derechos continentales como en España, donde existe una legítima, es decir, una parte obligatoria de la herencia que se distribuye a favor de los descendientes, en el derecho anglosajón esta institución no existe. En efecto, aunque hay cierta parte reservada a favor del cónyuge, como norma general rige la libertad absoluta de testar sobre la totalidad del patrimonio, sin que ni hijos ni otros familiares tengan derecho sobre la herencia del fallecido. EL ‘TRUST’ COMO INSTRUMENTO PARA REINAR DESPUÉS DE MUERTO Precisamente, al no haber legítima, al hacer testamento se ha aprovechado el ‘trust’ para proporcionar cierta estabilidad financiera a los herederos y, al mismo tiempo, asegurar que ese caudal se fuera desgranando en función del cumplimiento de determinadas circunstancias. Así es como las grandes dinastías en el mundo anglosajón han tratado de evitar que sus hijos, algunos auténticos macarras, acabaran despilfarrando en juergas y malos vicios las fortunas que tanto sudor habían costado labrar a sus mayores. Así que, viendo el panorama, los testadores tratan de evitar ese riesgo mediante el denominado ‘incentive trust’, es decir, una zanahoria consistente en un legado condicionado a que los herederos se comporten “debidamente”, según el criterio que hayan establecido en su testamento. Así, como si se tratara del tesoro de un faraón, el escrupuloso cumplimiento de los requisitos abrirá la puerta sellada del ‘trust’ que conduce hacia el preciado tesoro, como si se tratara del mismísimo Howard Carter. Y si no, pues vendrá el palo de la desheredación y con ello la habitual exhortación del afectado a los familiares del finado, seguramente hasta llegar a la momia de Akenatón. MÁS VALE UN MAL ACUERDO… La cuestión es que, en nuestro caso, el guardián de esta pirámide tan particular era el ‘trustee’, y este no parecía muy entusiasmado con la idea de incumplir las estrictas reglas impuestas por el viejo Frank, no fuera a aparecerse como una aparición espectral. Por este motivo, se mantuvo firme con el deseo del patriarca de la familia Mandelbaum. Así que Robert -quien además era Juez del Tribunal Penal de Manhattan-, decidió cortar por lo sano, impugnando el testamento ante los tribunales por discriminatorio. En sus alegaciones indicó lo que resultaba evidente, ya que “exigir a un hombre gay que se case con una mujer para garantizar la herencia de su hijo equivale a esperar que viva en el celibato o que mantenga relaciones extramatrimoniales con otro hombre y, por tanto, es contrario a la política pública”. En consecuencia, el asunto se debatiría entre el derecho del testador frente a las posibles limitaciones de derecho público, ya que exigía la celebración de un matrimonio entre Robert, abiertamente gay, y la madre biológica del niño, que por cierto, vayan ustedes a saber por dónde andaba. Total que, tras interponer la demanda y viendo que todo esto sería la comidilla de la gente bien de Nueva York, las partes llegaron a un acuerdo transaccional que puso fin al contencioso y cuyos términos no fueron publicados. Una lástima, porque no tenemos una sentencia que vaya a solucionar este asunto, pero está claro que al niño le tocó la lotería del abuelo Frank. Pero no se preocupen porque, por suerte, tenemos muchos otros casos, como el de Shapira v Union National Bank, en el que el padre condicionó su herencia metida en un ‘trust’ a que el chaval se casara con una chica judía y con ambos padres también judíos. En caso contrario, todo el patrimonio se iría directo al Estado de Israel. Pero esto ya lo veremos la semana que viene. |
Como ya habrán notado, esto del derecho inglés es tan viejo como el hambre. De ahí que hayan tantas instituciones que vienen de esa tradición jurídica tan particular propia de sus gentes y que al otro lado canal pues nos suenan a chino. Por eso también suele suceder que cuando llegan a nuestras orillas, las bauticemos de tal o cual manera, según nos recuerden más o menos a lo nuestro, aunque se parezcan como un huevo a una castaña. No en vano ya en la Italia medieval se advertía aquello de “traduttore, traditore”, (traductor, traidor), dado que al traducir inevitablemente se traiciona el concepto original porque no se puede capturar con todos sus matices y significados. Sólo así se entiende que por ejemplo, a la tradicional distincion entre ‘barristers’ y ‘solicitors’ los bautizáramos en España como abogados y procuradores. Y tan ricamente, oigan. Pues algo parecido pasa con el ‘trust’ al que tantas veces hemos querido comparar a nuestra fiducia, a pesar de que poco o más bien nada tienen que ver la una con el otro. Y es que a esta antigua institución que igual sirve para un roto societario que para un descosido sucesorio, entre otros muchísimos otros usos, el corsé del negocio fiduciario le viene estrecho y corto. Por este motivo, escapándose al cometido de estas simples Cartas desde Londres de ser un mero entretenimiento a propósito del derecho inglés, tengan en cuenta esta sincera advertencia. No sea que algunos se crean que todo el campo es orégano, que este este cura no es mi padre o que el ‘trust’ es un fideicomiso. Que después vienen las amargas sorpresas, como la que nos traemos hoy entre manos y que nos lleva de nuevo a los Estados Unidos. EL DISPUTADO ‘TRUST’ DEL DOCTOR SHAPIRA El doctor David Shapira, como muchos otros judíos, valoraba profundamente el legado religioso de sus ancestros, que se remontaba al menos a la Europa medieval. No en vano, su apellido respondía a la ciudad teutona de Speyer, un importante centro de la vida hebrea durante el medievo, célebre además por su famosa escuela talmúdica. Orgulloso de sus orígenes, no era de extrañar que este hombre quisiera asegurar la continuidad de las viejas tradiciones hebreas en sus hijos, Mark y Daniel, aún adolescentes. El problema es que los chavales no estaban muy entusiasmados con el tema, por lo que su padre decidió hacerles una propuesta que no pudieran rechazar. Así, cuando el médico falleció, sus hijos descubrieron la sorprendente disposición que su progenitor les había preparado en su testamento. Resulta que para empezar, papá había metido todo su patrimonio en un ‘trust’, otorgándoles las particiones correspondientes sobre la herencia. Hasta aquí nada sorprendente, pero su padre les había añadido unas simpáticas condiciones. LAS CONDICIONES DEL TESTAMENTO DEL DOCTOR SHAPIRA Quien quisiera heredar tendría que casarse según los ritos tradicionales hebreos y con una chica judía cuyos padres fueran ambos también judíos de pura cepa. Por si esto no fuera suficiente, además, el matrimonio debía celebrarse en un plazo máximo de siete años desde la apertura del testamento, un último guiño de papá con el número cabalístico. Por el contrario, el hijo que desobedeciera los designios paternos perdería su derecho a heredar, yendo la totalidad de su legado al Estado de Israel. Imagínense ustedes encontrarse con semejante percal. Recordemos también que en los Estados Unidos, el testador tiene un control casi total sobre la distribución de sus bienes, dado que no hay legítima que valga. Así que, o se cumplía con las condiciones o no verían un centavo. Para sorpresa de muchos, su hijo Daniel Jacob Shapira, entonces de veintipocos años, decidió hacer frente a la voluntad de su padre. Y lo hizo, presentando una demanda en el juzgado. Su intención era que se declararan inconstitucionales las condiciones impuestas como si fueran las tablas de Moisés. Así fue como se inició el famoso caso de Shapira contra el Union National Bank. LAS ALEGACIONES DE DANIEL SHAPIRA CONTRA EL TESTAMENTO En el proceso comparecieron tanto el banco como ‘trustee’ encargado de la ejecución del testamento y de soltar la mosca, como el propio Estado de Israel, obviamente parte muy interesada en este asunto. En su demanda, Daniel alegó que la condición impuesta por su padre era contraria al orden público y violaba sus derechos constitucionales según la 14ª enmienda norteamericana, que propugna la igualdad entre sus ciudadanos. El joven consideraba que el testamento infringía su derecho a casarse con quien él quisiera, además de su derecho a la libertad religiosa. Según el demandante, la disposición del testamento era una restricción irrazonable y coercitiva sobre su libertad personal, obligándole a cumplir con la condición si quería heredar. Además, las condiciones llevaban al resultado contrario, ya que incentivaban la idolatría del vil metal frente a la institución del matrimonio, dado que Daniel podría casarse para cobrar y separarse al día siguiente. Tengan en cuenta además que aunque en Estados Unidos no existe condena en costas, los costes legales de la defensa del testamento se cargaban al ‘trust’, reduciendo el patrimonio que podría heredar si cumplía con las exigencias impuestas por su padre. Esto no pareció importar al joven Shapira, quien siguió en su empeño. LA DECISIÓN DEL JUEZ HENDERSON Para desgracia de Daniel Shapira, la decisión del tribunal norteamericano fue confirmar el testamento de su padre, señalando que la voluntad del testador era clara y no atentaba contra los derechos constitucionales de sus hijos. El juez Henderson concluyó en Shapira v Union National Bank et al. que, en efecto, la libertad de contraer matrimonio está protegida constitucionalmente por la 14ª Enmienda. Sin embargo consideró que de la misma manera, si el doctor Shapira siguiera vivo y le dijera a Daniel que le haría una donación si se casaba con una chica judía, su hijo podría decidir entre aceptar o no esa condición. Pues lo mismo sucedía ahora con el testamento. Por el contrario, si las condiciones del testamento fueran que Daniel no pudiera casarse nunca con nadie o que tuviera que divorciarse de su actual cónyuge, las condiciones podrían ser consideradas como excesivamente restrictivas e irrazonables. Sin embargo, el juez concluyó que las condiciones impuestas en el testamento no obligaban a hacer nada ilegal. Además, resultaba especialmente relevante la disposición adoptada por el padre en beneficio del Estado de Israel en caso de incumplimiento de la condición. En primer lugar, evidenciaba su voluntad, evitando vaguedades e indefiniciones, como por ejemplo si el padre hubiera establecido simplemente “que se case con una buena chica”. Pero es que, en definitiva, acreditaba las profundas convicciones del testador, cuyo propósito no era fastidiar a sus hijos, sino asegurar que sus posesiones se utilizaran para fomentar la preservación de la fe judía, con la esperanza de que fuera a través de sus hijos pero, de no ser así, a través del Estado de Israel. En cualquier caso, una cláusula que, más allá de ser considerada válida bajo el derecho norteamericano, no correspondía al juez establecer mayores juicios de valor. En fin, con esto acabamos el caso de hoy, pero no sin antes preguntarles: Y si ustedes se hubieran encontrado en la situación del joven Daniel, ¿habrían pasado por el aro del Doctor Shapira? Hasta la semana que viene, mis queridos anglófilos. |
.
Steven F. Hayward es profesor visitante distinguido Edward Gaylord en la Escuela de Políticas Públicas de la Universidad Pepperdine. |
Ensayo 17 de octubre de 2024 Enseñando elocuencia. A medida que se acerca el día de las elecciones, he estado escuchando, aunque lo menos posible, a nuestros candidatos a cargos públicos pronunciar sus discursos habituales sobre sus temas habituales. Estos, francamente, son aburridos. Las multitudes pueden responder con un entusiasmo (aparentemente) espontáneo e incluso con excitación, pero las palabras que se pronuncian son más o menos un lenguaje convencional, lo que los franceses llaman langue de bois o xyloglossie , un lenguaje de madera. Hay distintas variedades de lenguaje acartonado. El idioma oficial del Estado de Corea del Norte es uno de ellos; el dictador Kim Jong Il hablaba como un nativo. Esto provoca un profundo malestar en cualquiera que esté acostumbrado a pensar en el habla como un vehículo de la verdad. También existe lo que los británicos llaman “bafflegab”, un lenguaje diseñado para no ser entendido, como una póliza de seguros, o un lenguaje burocrático pretencioso diseñado para ocultar la vacuidad del pensamiento. Este tipo de verborrea ahora puede ser generado por máquinas para satisfacer las necesidades de, por ejemplo, las burocracias de la DEI, sin pasar por una mente humana, como la computadora en la “ sala china ” de John Searles. Luego está el lenguaje que hablan la mayoría de nuestros políticos, la fabricación de grupos de discusión y encuestas, diseñadas para tocar puntos sensibles y hacer que los votantes salgan a votar el día de las elecciones (o, en estos días, la temporada electoral). Me refiero aquí al lenguaje utilizado por la minoría de políticos que son capaces de evitar las ensaladas de palabras y hablar de manera disciplinada, lo que en Estados Unidos significa hablar con oraciones completas. Contrastemos estas formas de lenguaje acartonado con la elocuencia genuina. Los estudiantes contemporáneos de historia probablemente piensen en Edmund Burke, Winston Churchill o Martin Luther King más que en los grandes oradores antiguos como Demóstenes y Cicerón (aunque, en mi humilde opinión, la elocuencia de los oradores clásicos nunca ha sido igualada por completo en la historia occidental posterior). En el mundo contemporáneo, muy pocos han alcanzado grandes alturas de elocuencia. El conmovedor homenaje de Boris Johnson en 2022 a la monarca a la que llamó Isabel la Grande sin duda destaca. Douglas Murray, en su columna dominical para The Free Press, ha hecho de la elocuencia su tema del año, brindando muchos ejemplos modernos y enriquecedores. Quienes hayan visto su reciente entrevista con Bari Weiss sobre la guerra en Israel se habrán dado cuenta de que es uno de los hombres más elocuentes de nuestro tiempo. No creo que se trate simplemente de la parcialidad de un amigo cercano y colega historiador que ve en Allen Guelzo uno de los pocos estadounidenses que pueden igualar a los británicos en su capacidad de movilizar el idioma inglés en la defensa articulada de altos ideales. Nuestras universidades no deberían pasar por alto esta cuestión de la elocuencia. Desde el foro del mes pasado en Law and Liberty sobre la nueva generación de institutos de educación cívica que se están fundando en las universidades estatales de todo Estados Unidos, he tenido algunas reflexiones sobre temas que podrían enseñar para atraer a más alumnos y también para ser de utilidad al país. Mucha gente cree que la elocuencia sólo puede ser el resultado de dones innatos que no se dan al común de los hombres. Sin embargo, esa creencia nunca ha sido compartida por los educadores de la tradición occidental desde la época de los antiguos griegos. Los griegos y los romanos y, por cierto, todos los educadores occidentales desde el Renacimiento italiano hasta los tiempos modernos tenían la firme convicción de que la elocuencia se podía aprender. Incluso Platón, rival y crítico de Isócrates —el gran fundador de la educación humanística— sostenía que la filosofía tenía su propia forma de elocuencia, de la que dio un espléndido ejemplo en su Apología de Sócrates.
En la tradición educativa humanística —que en el mundo antiguo se extendió desde Isócrates hasta los romanos Cicerón y Quintiliano y fue revivida en las escuelas humanistas del Renacimiento— la elocuencia podía enseñarse mediante el estudio formal del arte de la retórica. En la primera república estadounidense, muchos de los mejores oradores, entre ellos Ralph Waldo Emerson, Horace Greeley y Frederick Douglass, aprendieron a hablar en público estudiando y memorizando joyas de la antología The Columbian Orator (1797 y muchas ediciones posteriores). Se trataba de una colección de discursos antiguos y modernos que incluía textos de Sócrates, Catón y Cicerón, junto con discursos más recientes de Elder Pitt, Charles James Fox, George Washington y Benjamin Franklin. Creo que aquí hay un gran arte que los nuevos institutos de educación cívica podrían restaurar en nuestra república. La retórica y la oratoria solían enseñarse, incluso eran obligatorias, en las universidades estadounidenses. Harvard exigía retórica (oratoria) hasta 1955, y había una cátedra financiada, la Cátedra Boylston de Retórica y Oratoria , fundada en 1804 para enseñar la materia. Su primer titular fue John Quincy Adams; en los últimos tiempos, ha estado ocupada por un poeta. Pero el viejo arte de aprender a hablar en público de manera persuasiva ha sido abandonado por la universidad moderna. Si hay cursos obligatorios de oratoria en alguna universidad estadounidense, no los conozco. Cualquiera que haya oído a estudiantes universitarios estadounidenses intentando comunicarse entre sí será consciente de esta laguna en su educación. Mejorar la capacidad de los estudiantes para expresarse en público es una manera ideal para que los nuevos institutos de educación cívica añadan valor a la educación universitaria y a la vida cívica estadounidense en general. Todo el mundo sabe que los políticos estadounidenses (a diferencia de los británicos) son, por regla general, oradores incompetentes, incapaces de expresar sus pensamientos o persuadir a la gente para que acepte sus políticas. Tienen que recurrir a las artes oscuras de los consultores políticos para conseguir que un porcentaje mínimo de votantes se una a su causa. Ésa es una de las razones por las que no son líderes eficaces. En la tradición occidental, la elocuencia (palabra que procede del latín eloquentia, decir “hablar”) significaba hablar con valentía y convicción. La “libertad de expresión” en la tradición premoderna no era un derecho protegido por la ley, como lo es para nosotros, sino el coraje de decir la verdad al poder o la integridad para rechazar un mal consejo que pudiera ser en beneficio propio. La libertad de expresión, en otras palabras, era una forma de coraje moral. Era una habilidad vital para el gobierno republicano. Sin la elocuencia para convencer a nuestros conciudadanos del curso de acción correcto, los políticos tienen que recurrir a la fuerza o al fraude para obligarlos a aceptar, como vemos a diario en esta temporada electoral. Cuando las repúblicas dejan de depender de la persuasión racional, dejan de existir como verdaderas repúblicas. En la actualidad, se escuchan lamentaciones por todos lados sobre la falta de coraje de nuestros políticos. Pero, como observó Cicerón, es más probable que un hombre hable con coraje cuando sabe hablar y confía en su capacidad de persuasión. A los ojos de los educadores humanistas desde Isócrates, la adquisición de la elocuencia era una disciplina moral destinada a persuadir y forjar consensos en los estados; el hombre que adquiría la elocuencia había adquirido una herramienta indispensable de liderazgo político. Para los educadores humanistas tradicionales, el orador ideal, como Cicerón, denunciaría la tiranía y la corrupción y preservaría la república de sus enemigos. Además, ser capaz de decir lo que uno piensa con poder y belleza nos hace plenamente humanos y, por lo tanto, capaces de aportar más excelencia (o virtud) a la comunidad humana. Como escribió el más grande filósofo político del humanismo renacentista, Francesco Patrizi de Siena —él mismo profesor de retórica— en su tratado sobre el gobierno republicano: “Bien considerada, de todas las disciplinas, ninguna es más apropiada para el Estado ( respublica ) que la disciplina oratoria”. Ahora bien, ese es un tema digno de ser tomado bajo su protección por un instituto de pensamiento y liderazgo cívicos. |
Francesco Patrizi , (o Patrizzi ),en latín Franciscus Patricius Senensis ( Siena , 1413 – Gaeta , 1494 ), fue un escritor , político , obispo católico y humanista italiano . Perteneciente a la familia de los Patricios de Siena, miembros del Monte dei Nove , discípulo de Filelfo , Francesco estuvo implicado en la conspiración de 1456 contra la República de Siena , lo que le obligó a exiliarse . En 1459 estuvo en Verona , donde entró en contacto con algunos humanistas, entre ellos Antonio Brognanigo. El papa Pío II , que era su amigo personal, le nombró obispo de Gaeta el 4 de octubre de 1463 , cargo que ejerció con gran esmero hasta su muerte. Desde el 21 de mayo de 1461 , y durante un breve período, fue gobernador de Foligno , luego de los Estados Pontificios , mientras que en 1465 estuvo en Florencia en nombre de Fernando I de Nápoles. En esos años frecuentó los círculos culturales napolitanos, destacándose por sus lecturas eruditas . Entre sus principales obras, escritas en latín , destacan el De Regno et regis Institutione de 1519 (que sólo sería traducido después de cuarenta años, saliendo entre los aldinos , en 1559 , con el título Il sacro regno de'l gran Patritio, de'l vero reggimento, e de la vera felicità de'l principe, e beatitudine humana ), en el que también trata de la amistad (en la misma línea que la obra más famosa de Cicerón ), y il De institutione reipublicae 1520 , traducido (como el anterior) en lengua vernácula y comentado por Giovanni Fabrini , impreso bajo el título de De discorsi del reuerendo monsignor Francesco Patritij Sanese vescouo Gaiettano, sopra alle cose appartenenti ad una città libera, e famiglia nobile (en Venecia, en la casa de 'hijos de Aldo, 1545 ). Estas dos obras, que tuvieron una amplia difusión en los siglos XV y XVI, fueron apreciadas y discutidas por su realismo social y político imbuido de nuevas ideas humanistas. En sus tratados morales y políticos, los Patricios, alejándose del debate que hasta entonces había prevalecido centrado en las difíciles relaciones entre la Iglesia y el Imperio, proponía una sociedad basada en una concepción humanista de la vida que situaba al hombre con su autonomía en el centro y Lo liberó de las limitaciones creadas por el poder jerárquico. Sabemos también de sus discursos , así como de un manuscrito , titulado De originae et vetustate urbis Senae , conservado en la biblioteca municipal de Siena. |
PATRIZI, Francisco por Matteo María Quintiliani Diccionario biográfico de italianos - Volumen 81 (2014) PATRIZI , Francisco. – Nació en Siena el 24 de febrero de 1413, hijo de Giovanni di Francino y Lorenza, cuyo linaje familiar se desconoce. La familia Patrizi pertenecía al poderoso Monte dei Nove y estaba alineada en posiciones políticas similares a las de Andreoccio Petrucci. El padre ocupó numerosos cargos en la República y no era ajeno a los intereses culturales de su hijo. Es cierto que Patrizi vivió en Siena hasta 1457; se casó y tuvo tres hijos (Camillo, Alessandro y Gregorio). Se distinguió en el ámbito civil, ocupando por primera vez un cargo político en la República en mayo-junio de 1440, como miembro del Magisterio supremo del gobierno del tercio de San Martino, cargo electivo que fue reconfirmado en los períodos Marzo-abril de 1446 y marzo-abril de 1453. En el campo intelectual se dedicó al studi humanitatis , que en aquellos años, gracias a las enseñanzas de Francesco Filelfo, estaban adquiriendo nuevo vigor en Siena. En 1447, gracias a sus fuertes dotes de oratoria (Enea Silvio Piccolomini en una colección de biografías de contemporáneos, De viris aetate sua claris , lo juzgó «ad modum peritus» ya que conocía las dos lenguas clásicas y enseñaba el arte de la oratoria: « et oratoriam docet») y debido a su gran cultura fue enviado por la República de Siena como embajador ante el Papa Nicolás V, para informarle de la peligrosa situación que amenazaba a muchas ciudades toscanas. De hecho, Alfonso de Aragón tenía objetivos expansionistas para Toscana y los sieneses vieron en esto un peligro particular (ver Bassi, 1894, p. 392). De estos años son las primeras composiciones literarias de Patrizi, dominadas por la figura de Filelfo: las cartas escritas en los años 1940 a Achille Petrucci (Epistolario , 1991, p. 7) son verdaderos tratados erudito-filosóficos en los que repasa todas las teorías filosóficas escolares de antigüedad, aprovechando al máximo las Tusculanae disputationes . En 1457 la situación política de Siena cambió radicalmente y también el destino de Patrizi. En aquellos años el Orden del Pueblo gobernaba la ciudad en solitario, contra cualquier tipo de injerencia de las facciones nobiliarias. En 1455-56, cuando, de acuerdo con Iacopo Piccinino, Alfonso de Aragón contemplaba apoderarse de Siena, algunos nobles pertenecientes al Monte dei Nove, excluidos del gobierno, se unieron a una conspiración a favor del rey, con la intención de conquistar el poder. La conspiración fue descubierta al año siguiente. Filippo di Meo di Simone del Ballata, el primer procesado, nombró a los ciudadanos implicados, incluido el de Patrizi, que fue detenido y desterrado, aunque queda en duda si realmente participó en la conspiración y cuánta responsabilidad tendría. he tenido en él. Probablemente su vida se salvó gracias a la reputación de que gozaba como buen orador y poeta y gracias a los amigos autorizados que intervinieron en su defensa, entre ellos Piccolomini, Nicodemo Tancredini da Pontermoli y Filelfo (ver Bassi, 1894, pp. 393-396). . A partir de las numerosas cartas escritas asiduamente a amigos, en particular a Tancredini, se puede reconstruir fácilmente la condición de exiliado de Patrizi. En septiembre de 1477 se encontraba en Pistoia, desde donde se dirigió a Tancredini, rogándole que acudiera en su ayuda. Cuando, a finales de octubre, le llegó la noticia de que los habitantes de Lucca estarían dispuestos a llamarlo para enseñar en su ciudad, previa aprobación del Balìa de Siena, escribió a su amigo renovando su petición de que le proporcionara un trabajo. porque en Pistoia no hay era una manera de no ganar nada ( Epistolario , 1991, pp. 131-136). Sin embargo, no hay noticias que confirmen su presencia en Lucca. En marzo de 1458 fue huésped de Tancredini en Montughi, cerca de Florencia, desde donde escribió cartas de considerable interés, en las que menciona la propuesta, tal vez hecha por iniciativa de Enea Silvio Piccolomini, de emprender una carrera eclesiástica (ver Bassi, 1894, pp. 399 s.; Epistolario , 1991, pp. 137-140). El 6 de julio de 1459 partió hacia Verona acompañado de su primogénito Camillo y Francesco Tancredini, hijo de Nicodemo. Permaneció en la ciudad de Verona hasta diciembre: su estancia, aunque no prolongada, le dio la oportunidad de volver a entrar en contacto con el entorno de los humanistas (Battista Guarino, hijo de Guarino, compuso una Consolatio exilii para su llegada) y de vivir finalmente gracias a la enseñanza (ver Bassi, 1894, p. 402). Los años de exilio coincidieron con una renovada inspiración literaria. Un epítome de la Institutio oratoria de Quintiliano fue compuesto entre 1458-59 y 1465-66, probablemente para facilitar los estudios de los estudiantes, en particular del joven Tancredini, como se puede deducir de la carta de dedicatoria al estudiante (Bassi, 1894, p. 446). En el mismo período, Patrizi escribió dos colecciones de rimas: la primera, dividida en cuatro libros, está dedicada a Piccolomini, quien se convirtió en Papa Pío II en 1558, y está construida sobre el modelo estructural de las Silvae de Estacio ; el segundo, titulado Epigrammata , está en coplas elegíacas. En 1459 Patrizi, todavía en Verona, debido a dificultades económicas y esperando la ayuda del recién elegido Pío II, decidió vestir el hábito eclesiástico. En 1460 estuvo en Roma con el pontífice: su viejo amigo le confió la iglesia parroquial de Campoli como primer encargo eclesiástico, lo que lo acercó a Siena (ver Bassi, 1894, p. 403). El 23 de marzo de 1461 fue creado obispo de Gaeta: la elevación a la dignidad episcopal permitió revocar la expulsión de Siena para él y su familia. El 27 de mayo de 1461 se le confió el gobierno de la ciudad de Foligno. Vivió allí permanentemente, tomándose muy en serio su papel y trabajando para sanar la discordia de la ciudad. A pesar de sus esfuerzos, no faltaron quejas y denuncias generalizadas, hasta que un motín público provocó una masacre de funcionarios y familiares, lo que llevó a Patrizi a escapar apresuradamente, tras lo cual se abrió una investigación sobre su gestión en la ciudad. En realidad, durante los años de gobierno tuvo la oportunidad de resaltar sus dotes políticas, actuando como intermediario durante la larga lucha entre Pío II y Sigismondo Malatesta. En algunas cartas se presentó como una figura importante en aquellos acontecimientos, con la esperanza de obtener mayor crédito en la Curia y de mostrar su confiabilidad y lealtad al pontífice ( Epistolario , 1991, pp. 233-240). En 1464, el sucesor de Pío II, Pablo II, revisó la gestión de su predecesor, criticado por muchos por el favor concedido a sus conciudadanos sieneses. Patrizi, gracias también a la ayuda del cardenal Giacomo Ammannati Piccolomini y de la República de Siena, logró superar la prueba con dignidad. En los años siguientes se instaló en Gaeta, dedicándose a la administración de la diócesis y a sus estudios. Sólo en dos ocasiones interrumpió su estancia en Gaetano: en 1465 viajó a Milán con motivo de la boda de Alfonso Duque de Calabria con Hipólita María Sforza; en 1484 en Roma para la elección del nuevo Papa Inocencio VIII. En ambas ocasiones pronunció un Oración (Bassi, 1894, pp. 404-407). Del largo período pasado en Gaeta, algunos documentos atestiguan el cuidado con el que gobernó la diócesis. En 1473 reunió algunos fondos y los confió a la canónica de la iglesia de S. María en Itri; en 1481 unió todas las iglesias suprimidas al Capítulo de la Catedral de Gaeta: Ss. Cosme y Damiano en Gaeta; S. Pantaleone, S. Ambrogia del Monte, S. Maria di Casaregola, S. Ambrogio a Formia; S. Giovanni Cualga en Mondragone; San Juan Bautista en Formia. Además, su nombre está fuertemente ligado al santuario de la Madonna della Civita en Itri. El 15 de mayo, lunes después de Pentecostés de 1491, consagró la iglesia, de antigua veneración, reconstruida en el monte Fusco, dedicándola a la Inmaculada Concepción (ver Capobianco, 2000, p. 366). En 1493, en el acto de Santa Visita en Maranola, aprobó la construcción del hospital de peregrinos y consagró tres altares (ver Ferraro, 1903, p. 215). En Gaeta compuso o perfeccionó sus obras más representativas: el De Institutione reipublicae , iniciado durante los años del exilio y finalizado entre 1465 y 1471, con dedicatoria a Sixto IV; el De Regno et Regis Institutionis , presumiblemente compuesto entre 1481 y 1484, dedicado a Alfonso de Aragón, duque de Calabria. También volvió a la poesía y recibió el encargo, nuevamente por el duque de Calabria, de escribir un comentario al Canzoniere de Petrarca. Patrizi murió en Gaeta en 1494.
Fonti e Bibl.: G. Ferrari, Corso sugli scrittori politici italiani, Milano 1862, pp. 167-170; F. Cavalli, La scienza politica in Italia, Venezia 1865, pp. 76-84; D. Bassi, L’epitome di Quintiliano di F. P. senese, in Rivista di filologia e d’istruzione classica, XXII (1894), pp. 385-470; S. Ferraro, Memorie religiose e civili della città di Gaeta, Napoli 1903, p. 215; G. Chiarelli, Il «De Regno» di F. P., in Rivista internazionale di filosofia del diritto, XII (1932), pp. 716-738; F. Battaglia, P., F., in Enciclopedia italiana, XXVI, Roma 1935, pp. 521 s.; Id., Enea Silvio Piccolomini e F. P.: due politici senesi del ’400, Firenze 1936, pp. 73-157; F. Sarri, Il pensiero pedagogico ed economico del senese F. P., in Rinascita, I (1938), pp. 98-128; R. de Mattei, P., F., in Enciclopedia cattolica, IX, Città del Vaticano 1952, p. 966; L.F. Smith, The poem of Franciscus Patricius from Vatican Manuscripts Chigi J VI 233, in Manuscripta, X (1966), pp. 94-102, 145-159, XI (1967), pp. 131-143, XII (1968), pp. 10-21; Id., A notice of the Epigrammata of F. P., Bishop of Gaeta, in Studies in the Renaissance, XV (1968), pp. 92-143; C. Dionisotti, Fortuna del Petrarca nel Quattrocento, in Italia medievale e umanistica, XVII (1974), pp. 92-94; F.C. Nardone, F. P. umanista senese, Empoli 1996; L. Paolini, Per l’edizione del commento di F. P. da Siena al canzoniere di Petrarca, in Nuova rivista di letteratura italiana, I (1999), pp. 153-311; P. Capobianco, I vescovi della chiesa Gaetana, Napoli 2000, pp. 362-376; G. Pedullà, F. P. e le molte vite dell’umanista, in Atlante della letteratura italiana, a cura di S. Luzzatto - G. Pedullà, Torino 2010, pp. 457-464. |
No hay comentarios:
Publicar un comentario